Decreto 52/22


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    DECRETO NACIONAL 52/2022
    BUENOS AIRES, 28 de Enero de 2022
    Boletín Oficial, 31 de Enero de 2022
    Vigente, de alcance general
    modelo de convenio, contrato de préstamo, Banco Interamericano de Desarrollo, DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, Economía y finanzasSe aprueban del Modelo de Contrato de Préstamo BID a celebrarse con el Banco Interamericano de Desarrollo destinado a financiar parcialmente el Programa de Infraestructura Vial Productiva - Fase III

    ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5378/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000), destinado a financiar parcialmente el "Programa de Infraestructura Vial Productiva - Fase III" que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SEIS (6) Capítulos, de las Normas Generales integradas por DOCE (12) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I (IF-2021-119553434-APN-SSRFID#SAE) forma parte integrante de esta medida. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como ANEXO II (IF-2021-99186184-APN-SSRFID#SAE) y ANEXO III (IF-2021-99187470-APN-SSRFID#SAE), las "Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo" y las "Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo", respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2019.

    ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 5378/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba por el artículo 1º del presente decreto.

    ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° 5378/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

    ARTÍCULO 4°.- Desígnase como "Organismo Ejecutor" del "Programa de Infraestructura Vial Productiva - Fase III" al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del citado Ministerio. Por su parte, la Evaluación Estratégica del Programa tendrá a la mencionada Dirección Nacional como responsable de la ejecución fiduciaria, incluyendo la gestión financiera de los recursos correspondientes, y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como responsable de la ejecución técnica-metodológica; y estarán todas ellas facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5378/OC-AR que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

    ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    ANEXO I

    ANEXO II

    ANEXO III

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