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- LEY 6.505
- CIUDAD DE BUENOS AIRES, 9 de Diciembre de 2021
- Boletín Oficial, 29 de Diciembre de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Apruébase el Código Fiscal, obrante en el Anexo I que a todos los efectos forma parte de la presente Ley.
Art. 2°.- El Código referido en el artículo precedente tendrá vigencia a partir del día 1° de Enero de 2022.
Art. 3°.- Comuníquese, etc.
ANEXO I
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