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- SENTENCIA
- 11 de Noviembre de 2021
- CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. AZUL, BUENOS AIRES
- Sala 01
- Magistrados: Esteban Louge Emiliozzi - Yamila Carrasco - Lucrecia Inés Comparato
Corresponde confirmar la sentencia que hace cesar el derecho de habitación invocado sobre la vivienda por la ex conviviente del causante y ordena efectivizar la entrega del inmueble a los herederos, toda vez que se ha acreditado que las herederas se encuentran en un estado de precariedad económica y que la apelante percibe una jubilación y una pensión de las cuales no ha adjuntado constancias, lo cual impide estimar el monto que percibe y ubicarla en una situación más desfavorable que las herederas bajo el argumento de su situación económica precaria y su estado de vulnerabilidad por avanzada edad.
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Carátula: B. R. s/ sucesión ab-intestato
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