Ley 9357 de MENDOZA


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    LEY 9.357
    MENDOZA, 9 de Noviembre de 2021
    Boletín Oficial, 29 de Noviembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    declaración de utilidad pública, expropiación, inmuebles, Derecho administrativo, Derecho civil

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado como Lote N° 16, Manzana "E", del Barrio "25 de Septiembre", Distrito San Francisco del Monte, Departamento Guaymallén, constante de una superficie según título y mensura de QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (586,97 m2.), conforme Plano de Loteo N° 04-34.981, aprobado por la Dirección General de Catastro, Nomenclatura catastral N° 04-10-03-0037-000002-0000-4, Padrón Municipal Nº 63.007, inscripto en la Matrícula N° 64749/4 de Folio Real de la Dirección de Registro Público y Archivo Judicial.

    El inmueble a expropiar será destinado a la conformación de espacios verdes y/o a la realización de la infraestructura necesaria para la realización de actividades deportivas y/o recreativas.

    Art. 2º- La Municipalidad de Guaymallén actuará como sujeto expropiante del inmueble individualizado en el Artículo 1º, de conformidad a las normas establecidas en el Decreto Ley Nº 1447/75 y atenderá a los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley.

    Art. 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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