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- SENTENCIA
- 15 de Septiembre de 2021
- CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. SAN SALVADOR DE JUJUY, JUJUY
- Sala 02
- Magistrados: María del Huerto Sapag - Enrique Mateo - Jorge Daniel Alsina
Corresponde que el Estado provincial indemnice a los hijos de una agente de la policía que se suicidó en horario laboral utilizando el arma reglamentaria de un superior jerárquico, toda vez que resulta de aplicación el art. 1113, segundo párrafo del C.C. que atribuye responsabilidad del daño derivado del riesgo de la cosa, entendiendo que el demandado por medio de sus dependientes, resulta ser el dueño y guardián del arma que provoca el daño, es decir que le cabe responsabilidad al Estado por el hecho ya que sucedió en las dependencias de la comisaría con el agravante del uso de las mismas para fines extraños a su objetivo y utilizando un arma reglamentaria que se encontraba bajo la custodia de unos de los funcionarios policiales.
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Carátula: Ordinario por daños y perjuicios: Z., R. H. c/ Estado Provincial
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales