El estado provincial es responsable por suicidio de una policía con el arma reglamentaria de un superior jerárquico


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    Corresponde que el Estado provincial indemnice a los hijos de una agente de la policía que se suicidó en horario laboral utilizando el arma reglamentaria de un superior jerárquico, toda vez que resulta de aplicación el art. 1113, segundo párrafo del C.C. que atribuye responsabilidad del daño derivado del riesgo de la cosa, entendiendo que el demandado por medio de sus dependientes, resulta ser el dueño y guardián del arma que provoca el daño, es decir que le cabe responsabilidad al Estado por el hecho ya que sucedió en las dependencias de la comisaría con el agravante del uso de las mismas para fines extraños a su objetivo y utilizando un arma reglamentaria que se encontraba bajo la custodia de unos de los funcionarios policiales.
    SENTENCIA
    15 de Septiembre de 2021
    CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. SAN SALVADOR DE JUJUY, JUJUY
    Sala 02
    Magistrados: María del Huerto Sapag - Enrique Mateo - Jorge Daniel Alsina
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    Carátula: Ordinario por daños y perjuicios: Z., R. H. c/ Estado Provincial

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