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- LEY 5.712
- SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 6 de Octubre de 2021
- Boletín Oficial, 19 de Noviembre de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1°. - Declárase de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación el inmueble identificado en la Administración General de Catastro bajo el Padrón N° 3102, ubicado en el distrito de El Alto, Departamento El Alto, perteneciente a Apis S.A., posee mensura del año 1.999, Archivo 194 del Dpto.
El Alto, Resolución Interna N° 236 de fecha 08/06/ 99, tiene una Superficie de: 20.000 m2.
Sus medidas son:
Norte: Desde el vértice N.E. hasta el vértice N.O. 100 m.
Sur: Desde el vértice S.E. hasta el vértice S.O.
100 m.
Este: Desde el vértice N.E. hasta el vértice S.E.
200 m.
Oeste: Desde el vértice S.O. hasta el vértice N.O. 200 m.
Sus linderos son:
Norte: Padrón N° 3.101;
Sur: Padrón N° 3.101;
Este: Ruta Provincial N° 42;
Oeste: Padrón N° 3.101.
ARTÍCULO 2°. - El inmueble objeto de expropiación será destinado para la construcción de un Hospital Público.
ARTÍCULO 3°. - Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente, serán atendidas con las partidas presupuestarias del Ministerio de Planificación y Modernización.
ARTÍCULO 4°. - Facúltese al Poder Ejecutivo a tramitar por intermedio de Fiscalía de Estado la acción de expropiación conforme términos de la Ley N° 2210 y Ley N° 5638.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, Publíquese, cumplido, Archívese.
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