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- LEY 27.648
- BUENOS AIRES, 26 de Octubre de 2021
- Boletín Oficial, 17 de Noviembre de 2021
- Vigente, de alcance general
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Transfiérase a título gratuito a la provincia de Catamarca, el inmueble del Estado nacional ubicado en la calle Lavalle N° 261 entre Calles General Roca y Belgrano de la ciudad de Belén, provincia de Catamarca, individualizado como Lote 7, Manzana 16 - Padrón Actual 850, con una superficie total de 2.583,60 m2.
Artículo 2°- La transferencia que se dispone en el artículo precedente se efectúa con cargo a que la beneficiaria destine los terrenos a la creación de un Centro Cultural Integral y de Eventos.
Artículo 3°- Establécese un plazo de diez (10) años para el cumplimiento del cargo impuesto en el artículo anterior, vencido el cual, sin que mediara observancia o se incumpliera el cargo, el dominio del inmueble objeto de la presente revertirá a favor del Estado nacional.
Artículo 4°- Los gastos que demande la presente ley estarán a cargo de la beneficiaria.
Artículo 5°- El Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir la respectiva transferencia en el término de sesenta (60) días de entrada en vigencia la presente ley.
Artículo 6º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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