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- DECRETO 2.400/2021
- CORRIENTES, 20 de Octubre de 2021
- Boletín Oficial, 8 de Noviembre de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°: DISPÓNESE que a partir del 21 de octubre de 2021 no será obligatorio en toda la Provincia de Corrientes, el uso de barbijos en lugares al aire libre, circulación individual o en burbuja. Asimismo, en el ámbito escolar: en los recreos, siempre que se mantengan las burbujas respectivas.
El uso de barbijos continuará siendo obligatorio en lugares cerrados y al aire libre cuando haya aglomeración de personas.
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que a partir de la fecha indicada en el artículo anterior, se suprime la toma de la temperatura como requerimiento anterior al ingreso de personas a espacios cerrados, como a escuelas o a locales comerciales.
ARTÍCULO 3°: El presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
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