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- SENTENCIA
- 9 de Septiembre de 2021
- CAMARA EN LO CIVIL, COMERCIAL, FAMILIA, CONTENC. ADM.. VILLA MARIA, CÓRDOBA
- Magistrados: Augusto Gabriel Cammisa - Alberto Ramiro Domenech
En el marco de una denuncia por violencia familiar, corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto contra de la sentencia de grado que deja sin efecto las medidas de protección dictadas a favor de la denunciante y su hijo en virtud de la violencia ejercida sobre ellos por su expareja, y disponer que el juzgado de origen se expida sobre las medidas que correspondan a los hechos de violencia familiar y de género denunciados, toda vez que la conducta renuente asumida por el demandado a lo largo del proceso al no acreditar la realización del tratamiento psicoterapéutico que se le había indicado no permite razonablemente afirmar la inexistencia de peligro actual para la actora de volver a sufrir actos de violencia máxime cuando existen nuevas denuncias por maltrato y amenazas.
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Carátula: M. N., N. I. – Denuncia por violencia familiar
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