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- LEY 3.304
- NEUQUEN, 6 de Octubre de 2021
- Boletín Oficial, 5 de Noviembre de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º: Se declara la payada patrimonio cultural inmaterial de la provincia.
Artículo 2º: La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de las Culturas o el organismo que lo remplace.
Artículo 3º: La autoridad de aplicación debe diseñar y poner en marcha un plan cultural orientado a revitalizar, fortalecer, sostener y promocionar la práctica y la transmisión oral de la payada como patrimonio inmaterial invaluable de la identidad neuquina, respetando su idiosincrasia y características.
Artículo 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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