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- LEY 9.345
- MENDOZA, 28 de Septiembre de 2021
- Boletín Oficial, 4 de Noviembre de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º- Modifíquese el Artículo 1º la Ley N° 9.136 quedando redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1º- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación, en los términos del Decreto Ley N° 1447/75, el inmueble, parte de mayor extensión, denominado "Pata Mora", ubicado en el Distrito Río Barrancas, Departamento Malargüe, de titularidad de Campo Los Barriales S.R.L., inscripto en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial como Asiento A-1, Matrícula Nº 40386/17 de Folio Real, Padrón Nº 19/05660-5, Nomenclatura Catastral Nº 1903888200771046.
El Polígono a expropiar tiene una superficie aproximada de TRES MIL QUINIENTAS HECTÁREAS (3.500 has.) cuyos límites se definen por los siguientes puntos de coordenadas geográficas:
1) Norte: Puntos: Dos: 37º 9´56.8´´S, 69º 6´49.2´´W, Tres: 37º 11´20´´S, 69º 04´9´´W, Cuatro: 37º 11´2´´, 69º 2´25´´W, Cinco: 37º 11´34´´S, 69º 1´55´´W con Campo Los Barriales S.R.L.
2) Sur: Río Colorado.
3) Este: Puntos: Seis: 37º 12´42´´S, 69º 2´24´´W, Siete: 37º 13´5´´S, 69º 3´21´´W, Ocho: 37º 13´7´´S, 69º 4´25´´W, Nueve: 37º 12´56´´S, 69º 5´30´´W con Campo Los Barriales S.R.L.
4) Oeste: Punto: Uno: 37º 11´17´´S, 69º 8´50´´W con Campo Los Barriales S.R.L.
Art. 2º- Incorpórese como segundo párrafo del Artículo 3º de la Ley Nº 9.136, el siguiente texto:
"Exceptúase de los plazos establecidos en el Artículo 50 del Decreto-Ley Nº 1447/1975 a la expropiación que se realice como consecuencia de la utilidad pública dispuesta por el Artículo 1º de la presente Ley."
Art. 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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