Declaran inconstitucional la norma que establece la paridad de género en las entidades civiles y sociedades comerciales


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    Corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 3, 4, 6, 8 y 9, de la Resolución de la Inspección General de Justicia N° 34/2020, que establece que las entidades civiles y sociedades comerciales deberán respetar la misma cantidad de mujeres y hombres en la composición de sus órganos de administración y fiscalización, puesto que ninguno de los ordenamientos legales citados en el Vistos de la resolución en crisis confirió explícita o implícitamente autorización y/o habilitación alguna en favor la dicha dependencia administrativa para proceder del modo en que lo hizo. En consecuencia, la actuación del órgano administrativo configuró un supuesto de incompetencia en razón de la materia, que vulnera el principio republicano de división de los poderes.
    SENTENCIA
    28 de Septiembre de 2021
    CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 04
    Magistrados: Marcelo Daniel Duffy - Jorge Eduardo Morán - Rogelio W. Vicenti (en disidencia)
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    Carátula: Fundación Apolo Bases para el Cambio c/ E.N. – IGJ s/ amparo ley 16.986

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