Decreto 1712/21 de SANTA FE


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    DECRETO 1.712/2021
    SANTA FE, 9 de Septiembre de 2021
    Boletín Oficial, 15 de Septiembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    Santa Fe, prevención del delito, violencia, Derecho penal, Derecho civilDerogación del Decreto 0427/17, de Creación del Programa Vínculos para la Prevención Social de la Violencia y el Delito en Gobiernos Locales, debiéndose continuar con el cumplimiento de los convenios comprendidos en el programa creado por dicho Decreto.

    ARTÍCULO 1º: Derógase el Decreto N° 0427/17, debiéndose continuar con el cumplimiento de los convenios comprendidos en el programa creado por dicho Decreto y suscriptos con anterioridad a la firma del presente con todos sus efectos.

    ARTÍCULO 2°: Modifícase el Presupuesto General Vigente en la Jurisdicción: 22 - SAF 1 - Ministerio de Seguridad por la suma de $ 12.592.917,50 (Pesos Doce Millones Quinientos Noventa y Dos Mil Novecientos Diecisiete con Cincuenta Centavos) - Reducción y Ampliación de conformidad a la discriminación obrante en la Planilla Anexa "A" que se agrega y forma parte integrante del presente.

    ARTÍCULO 3°: Suprímanse Anexos I, II y III del Decreto N° 2537/20.

    ARTÍCULO 4°: Créanse los Anexos I, II, III, IV y V del Decreto N° 2537/20, los que se adjuntan al presente formando parte del mismo.

    ARTÍCULO 5º: Modifícase el ARTÍCULO 2° del Decreto N° 2537/20 el que quedará redactado de la siguiente manera:

    ARTÍCULO 2º: Créase el "Programa de Fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Organizaciones Comunitarias la Coproducción de Seguridad Ciudadana, + COMUNIDAD*" integrado en los Anexos I, II, III, IV y del presente cuyo objetivo general es promover la coproducción de seguridad ciudadana con gobiernos locales y organizaciones de la sociedad civil en la implementación de proyectos para la prevención del delito y las violencias en barrios identificados como prioritarios por sus niveles de vulnerabilidad social y delictual de la Provincia de Santa Fe."

    ARTÍCULO 6°: Modifícase el ARTÍCULO 4º del Decreto 2537/20 el que quedará redactado de la siguiente manera:

    "ARTÍCULO 4º Autorízase al Ministerio de Seguridad a suscribir los Convenios y Acuerdos con Gobiernos Locales y con las Organizaciones de la sociedad civil participantes para el desarrollo, de las actividades previstas en el Programa"

    ARTÍCULO 7°: Impútese el presente gasto con cargo a los créditos conforme a la siguiente discriminación: Jurisdicción 22 - SAF 1 - Ministerio de Seguridad - Categoría Programática 27.0.0.0 - Fuente de financiamiento III - Inciso 5 - Partida Principal 1, 7 y 8 - Partida Parcial 4, 6 y 7 Subparcial 15y 99 - Ubicación Geográfica 82.996.0 Finalidad 2 - Función 10 - del Presupuesto vigente.

    ARTÍCULO 8º: Refréndese por los señores Ministros de Seguridad y Economía.

    ARTÍCULO 9º: Regístrese, hágase saber, publíquese.

    En el marco del proceso de reforma y modernización del sistema de seguridad pública impulsado por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, cobra valor la necesaria articulación de esfuerzos gubernamentales con la participación activa de los gobiernos locales y la sociedad civil como oportunidad para alcanzar condiciones de vida más seguras.

    La generación de alianzas con actores territoriales resulta imprescindible para alcanzar un abordaje integral de la problemática que exceda las medidas de control y actuación policial para incluir también Iniciativas para la prevención del delito y las violencias que propicien el desarrollo urbano, soda) y educativo en las ciudades.

    El evidente proceso de "localización" de la seguridad que se ha dado en los últimos años en Argentina, ubica a los gobiernos locales como primera puerta del Estado para el abordaje de los problemas socio-delictuales, al tiempo que receptan gran parte de la demanda securitaria por parte de fa ciudadanía. La mayor cercanía que tienen los actores del entramado local- barrial con la conflictividad social, su conocimiento pormenorizado de los sectores geográficos más vulnerables y espacios de concurrencia generadores de sentido y pertenencia, reafirma su riqueza y posibilidades de innovación para aportar en la búsqueda de mejoras al problema delictual y el desarrollo de iniciativas preventivas.

    La prevención del delito, en tanto eje fundamental de la seguridad ciudadana, es concebida como "toda acción orientada a evitar que el delito o la violencia ocurra, promoviendo y fortaleciendo la seguridad y la convivencia no sólo a través del sistema formal de justicia criminal sino a través también de la promoción e implementación de estrategias que involucren a los diferentes sistemas informales de prevención como las instituciones y la ciudadanía en general (Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito, 2006:303 ).

    En efecto, los estándares internacionales para la prevención del delito subrayan el valor agregado de la «coproducción de seguridad», entendida como la colaboración entre el gobierno y la sociedad con el fin de lograr mejores condiciones de seguridad y convivencia en las comunidades (BID, 2014). De igual modo, las buenas prácticas fundadas en evidencia empírica destacan la necesaria focalización de las intervenciones en los segmentos sociales más victimizados y territorios con mayor presencia de factores de riesgo socio-delictivos, entendidos como "aquellas condiciones cuya presencia aumenta la probabilidad de que ciertos individuos cometan delitos" (Búvinic y otros, 1999).

    De aquí que el "Programa + COMUNIDAD" procure potenciar y obtener resultados de impacto en la ejecución de proyectos de prevención del delito y las violencias, 1) Las violencias son múltiples e incluyen en sus diversas manifestaciones a la violencia de género, juvenil, delictiva, institucional y social, entre otras formas de violencia que impliquen "el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismos, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daño psicológico, trastornos del desarrollo o privaciones" (OMS, 2002, p.15), a través de mecanismos extra penales anclados en la generación de oportunidades para el desarrollo, el disfrute de los espacios públicos, mayor cohesión comunitaria y canales abiertos de resolución de posibles conflictos inherentes a toda sociedad.

    El programa procura también articular la estrategia provincial de protección integral de las víctimas de delitos y violencias de manera conjunta con gobiernos locales así como asociaciones y organizaciones de la sociedad civil especializadas en el abordaje de la temática. En tal sentido, uno de sus Ejes estratégicos recepta proyectos conducentes a la difusión, promoción y protección de los derechos de las víctimas y su grupo conviviente, procurando disminuir su vulnerabilidad bajo el respeto irrenunciable de los derechos fundamentales que, por su naturaleza, son inherentes a las personas, entre ellos el derecho de acceso a la justicia, a la vida, a la integridad física y la salud.

    La iniciativa se encuentra en línea con la Agenda 2030 de Naciones Unidas al promover el alcance del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) N° 16, el cual realza el compromiso de promover sociedades justas, pacificas e inclusivas.

    Bajo estos fundamentos, "+ COMUNIDAD" convocará a gobiernos locales y organizaciones de la sociedad civil a diseñar y postular proyectos dentro de 5 (cinco) líneas de acción temáticas, a saber. N° 1) Convivencia y resolución de conflictos; N° 2) Integración social juvenil; N° 3) Recuperación del espacio público barrial; N° 4) Acceso a derechos de víctimas de delitos y violencias y N° 5) Videovigilancia, 2) En esta línea temática particular, solo pueden postular proyectos los gobiernos locales. Se espera que la selección e implementación de las iniciativas ponga en valor la prevención del delito y la asistencia a la víctima bajo un abordaje multiagencial y multiactoral, ampliando recursos y sinergias en el desarrollo de acciones que redunden en una mejora seguridad para la ciudadanía santafesina.

    Objetivo general: Promover la coproducción de seguridad ciudadana con gobiernos locales y organizaciones de la sociedad civil en la implementación de proyectos para la prevención del delito y las violencias en barrios identificados como prioritarios por sus niveles de vulnerabilidad social y delictual de la Provincia de Santa Fe.

    Objetivos específicos:

    a. Fortalecer el vínculo entre el Estado y la Comunidad desde la participación para la coproducción de seguridad ciudadana.

    b. Disminuir los factores de riesgo que favorecen situaciones de violencia, delitos o conflictos vulneratorios de la seguridad pública.

    c. Promover y proteger el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas de delitos y violencias.

    d. Promover intervenciones socio-urbanas y acciones que favorezcan la convivencia ciudadana y resolución de conflictos, la integración social juvenil así como la recuperación y significación del espacio público barrial.

    e. Fomentar la corresponsabilidad y fortalecimiento de las capacidades institucionales de municipios, comunas y organizaciones de la sociedad civil en el diseño e Implementación de Intervenciones que aporten al mejoramiento de las condiciones objetivas y subjetivas de seguridad.

    Podrán participar del Programa las siguientes entidades:

    a) Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe.

    b) Asociaciones civiles conforme el artículo 168 del Código Civil y Comercial de la Nación, o personas de existencia ideal sin fines de lucro con personería jurídica.

    c) Organizaciones que no tengan personería jurídica pero cuenten con los requisitos del artículo 187 del Código Civil y Comercial de la Nación (simple asociación) acreditando tal circunstancia con la documentación correspondiente.

    d) En aquellos barrios que carezcan de los tipos de organizaciones detalladas en los puntos a y b, pero cuya situación de criminalidad, vulnerabilidad socio delictual y/o marginalidad amerite la Implementación del programa, podrán participar excepcionalmente grupos de personas no constituidas formalmente. Dichos grupos deberán estar integrados por al menos cinco (5) personas mayores de 18 años, bajo aceptación de las Bases y Condiciones del programa y la rendición de cuentas de fondos que allí se estipulen.

    e) Víctimas de Delito y Violencia.

    Quedan excluidos de la posibilidad de participar aquellas personas que mantienen una relación laboral con el Estado Provincial cualquiera sea la naturaleza de la misma.

    La dirección general del Programa estará a cargo de la Secretaría de Gestión Institucional y Social de la Seguridad del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y su coordinación operativa a cargo de la Subsecretaría de Seguridad Local y Abordajes Territoriales y de la Dirección Provincial de Atención a las Víctimas de Delitos y Violencias.

    La Secretaría de Gestión Institucional y Social de la Seguridad tiene entre sus competencias entender en la gestión institucional de la seguridad pública con relación a los gobiernos locales, así como en las intervenciones territoriales focalizadas en la prevención y control de la violencia, y en la atención integral de las víctimas de las violencias y los delitos.

    Por su parte, la Subsecretaria de Seguridad Local y Abordajes Territoriales (SLAT) que fe depende orgánica y funcionalmente, entiende en la elaboración, coordinación y ejecución de las estrategias de prevención social de las violencias y los delitos en los ámbitos locales, así como en los ámbitos específicos de alta conflictividad.

    Por otro lado, la Dirección Provincial de Atención a la Víctima de Delitos y Violencia (DPAVDYV) tiene como misión general, la de entender e Intervenir en la asistencia integral a las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, a los fines de garantizar sus derechos ciudadanos.

    En el marco de la coordinación operativa del programa, la SLAT y la DPAVDYV tendrán a su cargo la elaboración del plan de acción del Programa así como la selección y seguimiento de los proyectos, velando por la correcta utilización de los recursos económicos transferidos.

    Asimismo, en el caso de los proyectos que se presenten que tengan vinculación con la incorporación y gestión de proyectos tecnológicos cámaras de videovigilancia, se dará intervención para su análisis a la Dirección Provincial de Gestión de Tecnologías dependiente de este Ministerio de Seguridad.

    Línea de acción Nº 1 Convivencia y resolución de conflictos Proyectos destinados a promover a nivel comunitario en los barrios intervenidos:

    * El empoderamiento y cohesión comunitaria para la construcción de, competencias de cultura de paz, legalidad, convivencia ciudadana, mediación y resolución de conflictos y disputas interpersonales;

    * El fortalecimiento de acciones de prevención de las distintas expresiones de violencia (familiar, de género, institucional, entre otras);

    * El reconocimiento y respeto de la diversidad en todas sus formas en los ámbitos comunitarios, escolar y familiar.

    Línea de acción Nº 2 Integración social juvenil Proyectos destinados a promover en la población juvenil en riesgo socio-delictivo o que hayan tenido contacto con el sistema penal:

    * El desarrollo de factores protectores que potencien habilidades sociales, conductuales, cognitivas y/o emocionales;

    * El apoyo a Iniciativas socio-productivas y de economía social generadoras de oportunidades de empleo e Inclusión;

    * La capacitación en oficios y promoción de habilidades para el trabajo en espacios educativos formales o no formales;

    * La capacitación en nuevas tecnologías y habilidades digitales como herramienta para incluir socialmente y aumentar la empleabilidad;

    * Iniciativas que favorezcan la permanencia en el sistema educativo formal de adolescentes y jóvenes en riesgo de deserción;

    * Espacios de educación sexual y salud reproductiva;

    * Acciones de prevención y atención integral del consumo de alcohol y drogas;

    * Actividades culturales, artísticas, recreativas o deportivas que fomenten la integración de adolescentes y jóvenes a la comunidad y fomenten el sano uso del tiempo libre.

    Línea de acción Nº 3 Recuperación del espacio público barrial Proyectos que propicien la modificación de los factores y condiciones de riesgo físico y espacial orientadas al diseño del entorno urbano mediante:

    * Acciones tendientes a recuperar, intervenir, mejorar espacios públicos deteriorados generadores de oportunidades delictivas y percepción de temor e inseguridad ciudadana mejorando sus condiciones de uso, accesibilidad y permanencia.

    Línea de acción Nº 4 Acceso a derechos de víctimas de delitos y violencias Proyectos destinados a promover los derechos de las víctimas de delitos y violencias así como de su grupo conviviente:

    La formación y fortalecimiento de equipos interdisciplinarios locales destinados a la atención, asistencia integral, orientación y protección de la víctima del delito y la violencia, en gobiernos locales que hayan suscripto el "Convenio Multiagencial e interdisciplinario de fortalecimiento de Derechos" Resolución Nro 1409/20:

    Espacios de acompañamiento desde redes comunitarias y asociaciones civiles en iniciativas de fortalecimiento de los derechos de las personas que han sufrido el desmedro de los mismos.

    El apoyo a proyectos socio-ocupacionales de las víctimas, en el caso que la situación de violencia implique una restructuración y reorganización en la vida económica de las personas y grupo familiar.

    Acciones que generen el asesoramiento socio jurídico gratuito a familiares que transitan procesos judiciales ante la pérdida de unta integrante familiar víctima de delito, propiciando el acceso a la justicia.

    Otras Iniciativas que faciliten el acceso a derechos de víctimas de delitos y violencias.

    Línea de acción Nº 5 Videovigilancia (para postulación solo de Gobiernos Locales) Proyectos presentados por Municipios y Comunas que requieran aportes con destino a:

    * La adquisición e instalación de cámaras de videovigilancia y/o sistemas tecnológicos de captación de imágenes y sonidos en espacios urbanos.

    Priorización: El Ministerio de Seguridad priorizará las ciudades donde se realizará la convocatoria del Programa en su primera etapa de ejecución teniendo en especial consideración diagnósticos de criminalidad y vulnerabilidad socio-delictual emanados de diversas fuentes, entre ellas, el Observatorio de Seguridad Pública de la Provincia y las Mesas de Coordinación Institucional en Seguridad Local (para los casos de las ciudades adheridas conforme la Resolución Ministerial 01/2020), así como otros criterios de priorización que se estimen convenientes para la consecución de los fines del programa.

    Convocatoria La provincia se reserva el derecho de publicitar en su web y en medios de comunicación y redes que considere pertinentes la convocatoria, procurando a su vez la difusión por medio de personal calificado in situ a modo de ampliar su alcance. En la misma se detallarán los respectivos plazos, bases y condiciones de participación en el Programa.

    Postulación de proyectos: En los plazos y canales a especificarse en la convocatoria, los destinatarios interesados en postular proyectos deberán remitir a la coordinación del Programa su propuesta, incluyendo la ficha del proyecto completa, detalle del monto solicitado para su implementación y destino de los fondos conforme el formulario de postulación (Anexo II).

    Montos: Los municipios y comunas podrán solicitar aportes de hasta $ 4.000.000 (pesos cuatro millones) como máximo, con un reajuste de hasta un 30% (treinta por ciento) ante el cambio de precios de cotización, de ser necesario.

    Dichas solicitudes deberán ser debidamente fundamentadas, previendo la presentación de presupuestos de los proveedores consultados, como así también la planimetría de ubicación de equipos que se impulsan adquirir.

    Cada propuesta será oportunamente evaluada dentro del marco legal vigente y teniendo en cuenta lo presupuestado anualmente, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Administración del Ministerio de Seguridad.

    Selección: La coordinación del programa evaluará las propuestas en cuanto a sus posibilidades de concreción y financiamiento, calidad, impacto y sostenibilidad en el territorio para ser financiados total o parcialmente con fondos del Ministerio de Seguridad de la Provincia.

    Se priorizarán las propuestas de proyectos que atiendan los siguientes criterios:

    * Que su formulación y diseño denote la viabilidad técnica y económica de su implementación;

    * Que promueva la participación de los colectivos y redes de participación social y/o vecinal en la zona de intervención;

    * Que promueva la perspectiva de género;

    * Que tome en cuenta la identidad cultural de la comunidad.

    Para la evaluación de las propuestas se valorará positivamente:

    Que tengan personal con experiencia en la temática propuesta que facilite la continuidad y autogestión de las actividades/proyecto previsto;

    Que su radio geográfico de actuación esté focalizado en los barrios de alta vulnerabilidad social y delictual de las localidades seleccionadas para la implementación del Programa.

    Convenio de Adhesión y pagos: Los beneficiarios cuyos proyectos hayan sido seleccionados firmarán un Acuerdo Marco de Adhesión al programa donde se detallarán los compromisos de las partes de acuerdo a los Modelos preliminares de Convenio obrantes en Anexo III (Municipios y Comunas), Anexo IV (organizaciones y asociaciones de la sociedad civil) y Anexo y (para grupos de personas no constituidas formalmente).

    Los fondos serán transferidos directamente a las entidades beneficiarias para la contratación y/o adquisición de los bienes y servicios que requieran la implementación del proyecto.

    Implementación: Se dará seguimiento y acompañamiento técnico por parte de la coordinación del Programa durante su ejecución. El plazo de implementación de los proyectos se adecuará al alcance de cada uno de ellos previéndose 12 meses como máximo.

    Evaluación: A los fines de establecer mecanismos de seguimiento y evaluación para medir los logros en términos de cumplimiento de los objetivos establecidos del programa, se establecerán indicadores de Impacto de cada proyecto. Los mismos permitirán evaluar sus resultados y advertir procedimientos de ajuste, corrección y retroalimentación de las acciones que se deriven del mismo.

    ANEXO II

    CONVOCATORIA AÑO ______ En la sede del/de la MUNICIPIO/COMUNA ______ representado/a en este acto por el/la Sr./Sra.

    Intendente/Presidente Comunal con domicilio legal en _____ de la localidad de _____, en adelante" "EL GOBIERNO LOCAL" por una parte; y por otra el "MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE SANTA FE", representado en este acto por el Sr. Ministro de Seguridad con domicilio legal en calle Primera Junta Nro 2823 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en adelante "EL MINISTERIO", acuerdan suscribir el siguiente CONVENIO DE COLABORACIÓN, ASISTENCIA Y ADHESIÓN AL PROGRAMA PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO DE GOBIERNOS LOCALES Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS PARA LA COPRODUCCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA + COMUNIDAD" , creado por el Decreto Nro. ___ / ___, de conformidad con los fundamentos, cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:

    Que la Provincia de Santa Fe se encuentra impulsando un proceso de modernización de su Sistema de Seguridad Pública que tiene entre sus objetivos la coordinación y colaboración con las instancias locales de gobierno y organizaciones de la sociedad civil en el abordaje sociocomunitario de la prevención del delito y las violencias;

    Que sin perjuicio de la responsabilidad primaria del Estado provincial en la prestación de los servicios de seguridad y policiales, las buenas prácticas internacionales destacan el valor agregado de construir asociaciones entre la comunidad y los organismos públicos en la búsqueda de mejoras al problema delictual y el desarrollo de iniciativas preventivas focalizadas en los territorios con mayores factores de riesgo delictivo a nivel social, individual y/o socio-espacial;

    Que la generación de alianzas con actores territoriales resulta imprescindible para alcanzar un abordaje integral de la problemática que exceda las medidas de control y actuación policial para incluir también iniciativas para la prevención del delito y las violencias que propicien el desarrollo urbano, social y educativo en las ciudades. En tal sentido, el evidente proceso de "localización" de la seguridad que se ha dado en los últimos años en Argentina, ubica a los gobiernos locales como primera puerta del Estado para el abordaje de los problemas socio delictuales, al tiempo que receptan pan parte de la demanda securitaria por parte de la ciudadanía;

    Que para ello se vislumbra necesario promover intervenciones de corresponsabilidad, coproducción y cogestión como principios fundamentales de la seguridad democrática con eje en el fomento de la corresponsabilidad y fortalecimiento de las capacidades institucionales de municipios y comunas en el diseño e Implementación de intervenciones que aporten al mejoramiento de las condiciones objetivas y subjetivas de seguridad;

    Que la mayor cercanía que tienen estos actores con las problemáticas del territorio los erige en aliados Imprescindibles de los esfuerzos gubernamentales por alcanzar mayores niveles de seguridad objetiva y subjetiva bajo un enfoque de proximidad;

    Que, en consecuencia, en el convencimiento que es necesario privilegiar las estrategias fincadas en la prevención de la violencia, el Poder Ejecutivo ha dispuesto la creación del Programa "+ COMUNIDAD" mediante Decreto Nro...*lo y, a tenor de todo lo expuesto, LAS PARTES acuerdan suscribir el siguiente CONVENIO conforme las cláusulas, que a continuación se enumeran:

    El presente Convenio tiene por finalidad establecer la colaboración y asistencia específica en materia de prevención social y comunitaria del delito y las violencias a través de la implementación del programa "+Comunidad", entre el Ministerio de Segundad de la Provincia de Santa Fe, a través de la Secretaría de Gestión Social de la Seguridad, y los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe que participen de la convocatoria, cuyos proyectos hayan sido seleccionados para su implementación en el territorio local respectivo.

    1) Promover la coproducción de seguridad ciudadana con los gobiernos locales apoyando la implementación de iniciativas para la prevención del delito y las violencias en barrios identificados como prioritarios por sus niveles de vulnerabilidad social y delictual de la Provincia de Santa Fe.

    2) Efectuar el desembolso de los fondos aprobados para la implementación del/los proyectos seleccionados atendiendo los criterios establecidos en el Decreto N° ___ 3) Llevar a cabo el acompañamiento, asistencia técnica y evaluación de los proyectos locales seleccionados velando por la correcta utilización de los recursos económicos transferidos.

    EL GOBIERNO LOCAL se compromete a:

    1) Contribuir en la implementación de políticas públicas locales de seguridad democrática para la prevención de las violencias, articulando esfuerzos con las autoridades públicas provinciales.

    2) Implementar el/los proyectos seleccionados y aprobados por EL MINISTERIO conforme las pautas establecidos en el Decreto N° ___, prestando de corresponder sus inmuebles, instalaciones y equipamiento a los fines de la ejecución del Programa.

    3) Someterse al correspondiente contralor por parte de las autoridades públicas provinciales presentando las debidas rendiciones, tanto técnicas como financieras, de los proyectos aprobados durante su ejecución y al finalizar los mismos.

    Las partes podrán firmar acuerdos específicos que tengan por objeto desarrollar en forma coordinada actividades en cumplimiento de los objetivos y finalidades plasmadas en el PROGRAMA "+ COMUNIDAD"

    A todos los efectos del presente acuerdo, las partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento del presente instrumento y pactan la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Santa Fe, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.

    Las partes que suscriben el presente convenio conservan su autonomía administrativa, financiera, funcional y de responsabilidad de todo tipo.

    En prueba de conformidad y aceptación se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la localidad de Provincia de Santa Fe, a los ____ del mes de ____ de ____

    CONVOCATORIA AÑO_______ En la sede de la ASOCIACIÓN ____, representada en este acto por el/la Sr./Sra Presidente/a ____, con domicilio legal en de la localidad de ____, en adelante" "LA ASOCIACIÓN" por una parte; y por otra el "MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE SANTA FE", representado en este acto por el Sr. Ministro de Seguridad, con domicilio legal en calle Primera Junta Nro.

    2823 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en adelante "EL MINISTERIO", acuerdan suscribir el siguiente "CONVENIO DE COLABORACIÓN, ASISTENCIA Y ADHESIÓN AL PROGRAMA PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO DE GOBIERNOS LOCALES Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS PARA LA COPRODUCCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA + COMUNIDAD D" de conformidad con los fundamentos, cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:

    Que la Provincia de Santa Fe se encuentra impulsando un proceso de modernización de su Sistema de Seguridad Pública que tiene entre sus objetivos la coordinación y colaboración con las instancias locales de gobierno y organizaciones de la sociedad civil en el abordaje socio-comunitario de la prevención del delito y las violencias;

    Que sin perjuicio de la responsabilidad primaria del Estado provincial en la prestación de los servicios de seguridad y policiales, las buenas prácticas internacionales destacan el valor agregado de construir asociaciones entre la comunidad y los organismos públicos en la búsqueda de mejoras al problema delictual y el desarrollo de iniciativas preventivas focalizadas en los territorios con mayores factores de riesgo delictivo a nivel social, individual y/o socio-espacial;

    Que para ello se vislumbra necesario promover intervenciones de corresponsabilidad, coproducción y cogestión como principios fundamentales de la seguridad democrática con eje en el fortalecimiento de las organizaciones con trayectoria, liderazgo y ámbito de actuación afín a la gestión de la conflictividad en los barrios de mayor vulnerabilidad socio-delictual de la Provincia;

    Que la mayor cercanía que tienen estos actores con las problemáticas del territorio los erige en aliados Imprescindibles de los esfuerzos gubernamentales por alcanzar mayores niveles de seguridad objetiva y subjetiva bajo un enfoque de proximidad;

    Que, en consecuencia, en el convencimiento que es necesario privilegiar las estrategias fincadas en la prevención social de la violencia, el Poder Ejecutivo ha dispuesto la creación del Programa "+ COMUNIDAD" mediante Decreto Nro. ____/____ y, a tenor de todo lo expuesto, LAS PARTES acuerdan suscribir el siguiente CONVENIO conforme las cláusulas que a continuación se enumeran:

    El presente Convenio tiene por finalidad establecer la colaboración y asistencia específica en materia de prevención social y comunitaria del delito y las violencias a través de la Implementación del programa "+Comunidad", entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, a través de la Secretaría de Gestión Social de la Seguridad y las Organizaciones No Gubernamentales de la Provincia de Santa Fe participantes de la convocatoria y cuyos proyectos hayan sido seleccionados para su implementación en el territorio local respectivo.

    Segunda: Obligaciones de las partes. El Ministerio se compromete a:

    1) Promover la co-producción de seguridad ciudadana con las organizaciones de la sociedad civil apoyando la implementación de iniciativas para la prevención del delito y las violencias en barrios identificados como prioritarios por sus niveles de vulnerabilidad social y delictual de la Provincia de Santa Fe., 2) Efectuar el desembolso de los fondos aprobados para la implementación del/los proyectos seleccionadas atendiendo los criterios establecidos en el Decreto N° 3) Llevar a cabo el acompañamiento, asistencia técnica y evaluación de los proyectos locales seleccionados velando por la correcta utilización de los recursos económicos transferidos.

    LA ASOCIACIÓN se compromete a:

    1) Contribuir en la implementación de políticas públicas locales de seguridad democrática para la prevención de las violencias, articulando esfuerzos con las autoridades públicas provinciales y locales.

    2) Implementar el/los proyectos seleccionados y aprobados por EL MINISTERIO conforme las pautas establecidos en el Decreto N° ____, prestando de corresponder sus inmuebles, instalaciones y equipamiento a los fines de la ejecución del Programa.

    3) Someterse al correspondiente contralor por parte de las autoridades públicas provinciales presentando las debidas rendiciones, tanto técnicas como financieras, de los proyectos aprobados durante su ejecución y al finalizar los mismos.

    Las partes podrán firmar acuerdos específicos que tengan por objeto desarrollar en forma coordinada actividades en cumplimiento de los objetivos y finalidades plasmadas en el PROGRAMA "+ COMUNIDAD".

    El presente convenio tiene un plazo de vigencia de 12 meses desde el día de su firma, no siendo rescindible excepto fuerza mayor, lo cual no quita rendir debidamente lo acreditado.

    En cualquier caso, las actividades iniciadas durante la vigencia del presente continuarán hasta su normal finalización.

    A todos los efectos del presente acuerdo, las partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento del presente instrumento y pactan la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Santa Fe, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.

    Las partes que suscriben el presente convenio conservan su autonomía administrativa, financiera, funcional y de responsabilidad de todo tipo.

    En prueba de conformidad y aceptación se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la localidad de ____, Provincia de Santa Fe, a los ___ del mes de ____ de ____.-

    CONVOCATORIA AÑO_______ En la sede de ______, comparecen en este acto el/la Sr./Sra. _____, con domicilio real en de la localidad de _____, en su calidad de responsable del proyecto presentado por los Sres. (Nombre, Apellido y DNI) ____________________, en adelante "EL RESPONSABLE", por una parte; y por otra el "MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE SANTA FE", representado en este acto por el Sr. Ministro de Seguridad, ____, con domicilio legal en calle Primera Junta Nro 2823 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en adelante "EL MINISTERIO", acuerdan suscribir el siguiente "CONVENIO DE COLABORACIÓN, ASISTENCIA Y ADHESIÓN AL PROGRAMA PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO DE GOBIERNOS LOCALES Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS PARA LA COPRODUCCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA + COMUNIDAD" de conformidad con los fundamentos, cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:

    Que la Provincia de Santa Fe se encuentra impulsando un proceso de modernización de su Sistema de Seguridad Pública que tiene entre sus objetivos la coordinación y colaboración con las instancias locales de gobierno y organizaciones de la sociedad civil en el abordaje socio-comunitario de la prevención del delito y las violencias;

    Que sin perjuicio de la responsabilidad primaria del Estado provincial en la prestación de los servicios de seguridad y policiales, las buenas prácticas internacionales destacan el valor agregado de construir asociaciones entre la comunidad y los organismos públicos en la búsqueda de mejoras al problema del actual y el desarrollo de iniciativas preventivas focalizadas en los territorios con mayores factores de riesgo delictivo a nivel social, individual y/o socio-espacial;

    Que para ello se vislumbra necesario promover intervenciones de corresponsabilidad, coproducción y cogestión como principios fundamentales de la seguridad democrática con eje en el fortalecimiento de las organizaciones con trayectoria, liderazgo y ámbito de actuación afín a la gestión de la conflictividad en los barrios de mayor vulnerabilidad sociodelictual de la Provincia;

    Que la mayor cercanía que tienen estos actores con las problemáticas del territorio los erige en aliados imprescindibles de los esfuerzos gubernamentales por alcanzar mayores niveles de seguridad objetiva y subjetiva bajo un enfoque de proximidad;

    Que, en consecuencia, en el convencimiento que es necesario privilegiar las estrategias fincadas en la prevención de la violencia, el Poder Ejecutivo ha dispuesto la creación del Programa "+ COMUNIDAD" mediante Decreto Nro. 1.. y, a tenor de todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el siguiente CONVENIO conforme las cláusulas que a continuación se enumeran:

    El presente Convenio tiene por finalidad establecer la colaboración y asistencia específica en materia de prevención social y comunitaria del delito y (as violencias a través de la implementación del programa "+Comunidad", entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, a través de la Secretaría de Gestión Social de la Seguridad y los participantes de la convocatoria cuyos proyectos hayan sido seleccionados para su implementación en el territorio local respectivo.

    OBLIGACIONES DE LAS PARTES, El MINISTERIO se compromete a:

    1) Promover la co-producción de seguridad ciudadana apoyando la implementación de iniciativas para la prevención del delito y las violencias en barrios identificados como prioritarios por sus niveles de vulnerabilidad social y delictual de la Provincia de Santa Fe.

    2) Efectuar el desembolso de los fondos aprobados para la implementación del/los proyectos seleccionados atendiendo los criterios establecidos en el Decreto N° 3) Llevar a cabo el acompañamiento, asistencia técnica y evaluación de los \ proyectos locales seleccionados velando por la correcta utilización de los recursos -económicos transferidos.

    EL RESPONSABLE se compromete a:

    1) Contribuir en la implementación del Programa destinado a la prevención de las violencias, articulando esfuerzos con las autoridades públicas provinciales y locales.

    2) Implementar el/los proyectos seleccionados y aprobados por EL MINISTERIO conforme las pautas establecidas en el Decreto N° _____ 3) Someterse al correspondiente contralor por parte de las autoridades públicas provinciales presentando las debidas rendiciones, tanto técnicas como financieras, de los proyectos aprobados durante su ejecución y al finalizar los mismos.

    Las partes podrán firmar acuerdos específicos que tengan por objeto desarrollar en forma coordinada actividades en cumplimiento de los objetivos y finalidades plasmadas en el PROGRAMA "+ COMUNIDAD".

    El presente convenio tiene un plazo de vigencia de 12 meses desde el día de su firma, no siendo rescindible excepto fuerza mayor, lo cual no quita rendir debidamente lo acreditado.- En cualquier caso, las actividades iniciadas durante la vigencia del presente continuarán hasta su normal finalización.

    A todos los efectos del presente acuerdo, las partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento del presente instrumento y pactan la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Santa Fe, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.

    Las partes que suscriben el presente convenio conservan su autonomía administrativa, financiera, funcional y de responsabilidad de todo tipo.

    En prueba de conformidad y aceptación se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la localidad de _____, Provincia de Santa Fe, a los ____ del mes de ______ de _____.-

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