- Volver al boletín
- SENTENCIA
- 22 de Septiembre de 2021
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 06
- Magistrados: Graciela Lucía Craig - Luis Anibal Raffaghelli
Corresponde revocar el fallo que desestimó el pedido de inconstitucionalidad de la Ley 27.348, que establece la obligatoriedad del trámite previo ante las comisiones médicas en los reclamos fundados en la Ley de Riesgos del Trabajo y, en consecuencia, declarar la competencia de la justicia del trabajo para entender en las actuaciones, habida cuenta que el art. 1 de la norma mencionada, al imponer la obligación de los trabajadores de recurrir a las comisiones médicas como instancia preliminar, excluyente y forzosa para requerir el reconocimiento de las prestaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) obstruye el acceso libre y directo a la justicia laboral (derecho de acceso a la justicia), lesiona la garantía del juez natural, independiente e imparcial, e importa por tanto, una evidente violación a la efectividad de la tutela judicial y a la garantía de defensa en juicio y debido proceso.
Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF
Carátula: Garcia, Ivan Alejandro c/ Provincia ART S.A. s/ accidente - ley especial
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual