Declaran la inconstitucionalidad de la solidaridad regulada por el Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires


    Volver al boletín
    Corresponde hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por un sujeto concursado que critica la constitucionalidad de la normativa fiscal en referencia a la extensión de responsabilidad que asigna a los directores por los incumplimientos tributarios del ente social, toda vez que el sistema delineado, no constituye una respuesta que satisfaga los parámetros de razonabilidad y debido proceso que se deben respetar en las relaciones entre el Fisco y los contribuyentes, pues en la ley nacional para resultar procedente la atribución de responsabilidad al director, se requiere de la previa verificación de su dolo o culpa en los actos u omisiones cumplidos en ejercicio u ocasión de sus funciones, mientras que el régimen tributario local no exige dicho factor de imputación sino que afirma que los integrantes de su órgano de administración devienen directa, solidaria e ilimitadamente responsables con el contribuyente por el pago de los gravámenes de éstos, sin atender a sus conductas, de manera que se advierte una insuperable incongruencia del particular régimen local respecto del general nacional en materia de responsabilidad civil de tales sujetos por los actos realizados en el ejercicio u ocasión de sus funciones.
    SENTENCIA
    27 de Agosto de 2021
    SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. LA PLATA, BUENOS AIRES
    Magistrados: Genoud - Soria - Pettigiani - Kogan - Torres
    Más Jurisprudencia Provincial...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: Toledo, Juan Antonio c/ A.R.B.A. s/Incidente de revisión

    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...