Refuerzan las medidas ordenadas contra un hombre que continuó hostigando a su expareja


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    En el marco de una demanda por violencia de género corresponde ampliar las restricciones de protección ya dispuestas y otorgar dispositivos electrónicos de geoposicionamiento para ser colocados a ambas partes -agresor y víctima-, en virtud del incumplimiento de la prohibición de acercamiento estipulada contra un hombre que continuaba hostigando a su expareja, toda vez que se advierte el contexto de violencia de género en el que se encuentra inmersa la víctima, cuyo abordaje debe ser realizado desde los contenidos del derecho de la mujer a una vida libre de violencia, pues la gravedad de los hechos demuestran la necesidad de reforzar las medidas adoptadas y obligan al Estado a dar respuesta acorde a tal fenómeno, lo cual encuentra asidero en el artículo 7 de la ley 24632 que incorpora al ordenamiento jurídico la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como la Convención de Belém do Pará.
    SENTENCIA
    10 de Agosto de 2021
    JUZGADO DE FAMILIA NRO 8. LA PLATA, BUENOS AIRES
    Magistrados: Cerda, Mauro Javier
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    Carátula: F.D.L. c/ T.G.O. s/ protección contra la violencia familiar (ley 12569)

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