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- DECRETO 2.048/2021
- CORRIENTES, 1 de Septiembre de 2021
- Boletín Oficial, 10 de Septiembre de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE la emergencia energética establecida por Decreto Nº 1.342 de fecha 3 de agosto de 2020 en todo el territorio de la Provincia de Corrientes, por el término de trescientos sesenta (360) días, a partir del 30 de junio de 2021, prorrogable por igual término.
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE por el tiempo que dure la emergencia energética, a la Secretaría de Energía y a la Dirección Provincial de Energía de Corrientes a llevar a cabo las contrataciones por vía de excepción que sean necesarias para afrontar la situación de emergencia declarada, de conformidad con el artículo 109, apartado 3, inciso d de la Ley Nº 5.571, y del artículo 12, inciso c, de la Ley Nº 3.079 y sus respectivos decretos reglamentarios.
ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE al Ministro de Hacienda y Finanzas a determinar la compensación de las partidas necesarias para mantener el equilibrio presupuestario.
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, y archívese.
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