Ley 10918 de ENTRE RIOS


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    LEY 10.918
    PARANA, 1 de Septiembre de 2021
    Boletín Oficial, 9 de Septiembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    unidades de vivienda, Entre Ríos, Bienestar social

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Art. 1º: Aplíquese en la Provincia de Entre Ríos, la "Unidad de Vivienda" (UVI), conforme lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 27.397 y Ley Provincial Nº 10.556, como marco de referencia para la determinación de los precios en los contratos de obra pública, destinados a la construcción de viviendas, obras de infraestructura y obras complementarias, para programas habitacionales financiados por el Estado Provincial, a través del Instituto Autárquico Provincial de Planeamiento y Vivienda.

    Art. 2º: Invítase a los municipios y comunas de la Provincia a adherir a las disposiciones de la presente norma.

    Art. 3º: Comuníquese, etcétera.

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