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- LEY 10.918
- PARANA, 1 de Septiembre de 2021
- Boletín Oficial, 9 de Septiembre de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Art. 1º: Aplíquese en la Provincia de Entre Ríos, la "Unidad de Vivienda" (UVI), conforme lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 27.397 y Ley Provincial Nº 10.556, como marco de referencia para la determinación de los precios en los contratos de obra pública, destinados a la construcción de viviendas, obras de infraestructura y obras complementarias, para programas habitacionales financiados por el Estado Provincial, a través del Instituto Autárquico Provincial de Planeamiento y Vivienda.
Art. 2º: Invítase a los municipios y comunas de la Provincia a adherir a las disposiciones de la presente norma.
Art. 3º: Comuníquese, etcétera.
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Fuente de Información

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➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes