Ley 141 de MISIONES


    Volver al boletín
    LEY XVI-141
    POSADAS, 12 de Agosto de 2021
    Boletín Oficial, 3 de Septiembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    medio ambiente, espacios verdes, Derecho ambiental, Derecho administrativo

    LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:

    ARTÍCULO 1.- Se crea el Programa Cuido Mi Espacio Verde en la órbita del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables con la finalidad de desarrollar y concientizar a las nuevas generaciones sobre el cuidado, respeto, conservación y embellecimiento de los espacios verdes en las distintas localidades.

    ARTÍCULO 2.- Se entiende por espacios o áreas verdes aquellas zonas urbanas o en la periferia de las urbes, ocupadas por plantas, arbustos o árboles cuyos usos pueden ser variables tales como ecológicos, ociosos, decorativos, entre otros.

    ARTÍCULO 3.- Los objetivos del programa Cuido Mi Espacio Verde son:

    1) Incentivar el interés por el cuidado y embellecimiento de los espacios verdes de la ciudad;

    2) Promover la creación de espacios naturales para uso y disfrute del ciudadano compatibles con el respeto al ambiente, la arborización y mantenimiento de la flora;

    3) Impulsar la organización de concursos que tiendan a la realización de los objetivos establecidos en la presente;

    4) Coordinar acciones para que se dicten talleres de parquización y arbolado urbano en los diferentes barrios.

    ARTÍCULO 4.- La Autoridad de Aplicación en concordancia con la Subsecretaría de Asuntos Municipales, debe celebrar convenios de colaboración con las autoridades municipales a los efectos de cumplimentar con lo establecido en el artículo 3.

    ARTÍCULO 5.- El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables celebra convenios con el Servicio Penitenciario Provincial a los efectos de construir equipamiento urbano, mobiliarios para espacios verdes, como así también las piezas necesarias para el armado de un kit para parques de juegos con el objeto de ser donados como premios para los ganadores de los concursos organizados.

    ARTÍCULO 6.- Se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar adecuaciones, modificaciones y reestructuraciones presupuestarias necesarias a los fines del cumplimiento de lo establecido en la presente ley

    ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

    Más Leyes Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...