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- LEY VI-270
- POSADAS, 12 de Agosto de 2021
- Boletín Oficial, 3 de Septiembre de 2021
- Vigente, de alcance general
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES SANCIONA CON FUERZA DE L E Y
ARTÍCULO 1.- Se declara Patrimonio Cultural y Turístico al sendero interpretativo de la comunidad mbyá guaraní Yvytú Porá, ubicado en la zona selvática del Valle del Cuña Pirú.
ARTÍCULO 2.- La presente ley tiene por finalidad revalorizar la identidad cultural de la comunidad mbyá guaraní, visibilizando la cotidianeidad del pueblo originario, su historia y cosmovisión, en plena armonía y respeto con el entorno natural.
ARTÍCULO 3.- Se encomienda a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Sitios Históricos, la instrumentación de los mecanismos tendientes para proceder a la inscripción del sendero interpretativo de la comunidad mbyá guaraní Yvytú Porá en el Registro Provincial del Patrimonio Cultural de la Provincia, en los términos previstos en la Ley VI -N.º 18 (Antes Decreto - Ley 1280/80) Régimen del Patrimonio Cultural y su incorporación al inventario del Patrimonio Turístico de acuerdo a la Ley XXIII - N° 2 (Antes Decreto - Ley 1360/81)
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

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