Ley 9338 de MENDOZA


    Volver al boletín
    LEY 9.338
    MENDOZA, 17 de Agosto de 2021
    Boletín Oficial, 3 de Septiembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    recompensas, fondo permanente de recompensas, Defensa y seguridad, tasas retributivas de servicios, deber de esclarecimiento, delitos, Derecho civil, Derecho penal, Derecho tributario y aduanero, Derecho procesal

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º- Modifíquese el art. 10 de la Ley 7.895 que quedará redactado de la siguiente manera:

    "Artículo 10- El monto determinado conforme las pautas dispuestas por esta Ley, no podrá exceder en ningún caso el valor de las veinticinco mil unidades fijas (U.F), establecidas en el Anexo "Tasas Retributivas por Servicios" de la Ley Impositiva de la Provincia.".

    Art. 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

    Más Leyes Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...