- Volver al boletín
- LEY 9.338
- MENDOZA, 17 de Agosto de 2021
- Boletín Oficial, 3 de Septiembre de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º- Modifíquese el art. 10 de la Ley 7.895 que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 10- El monto determinado conforme las pautas dispuestas por esta Ley, no podrá exceder en ningún caso el valor de las veinticinco mil unidades fijas (U.F), establecidas en el Anexo "Tasas Retributivas por Servicios" de la Ley Impositiva de la Provincia.".
Art. 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales