Ley 152 de CHUBUT


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    LEY IX- N° 152
    RAWSON, 10 de Agosto de 2021
    Boletín Oficial, 1 de Septiembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    adhesión provincial, Chubut, desarrollo sustentable, Derecho ambiental

    LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY

    Artículo 1º.- Declárese que la Provincia del Chubut adhiere a la Ley Nacional N°27.231. Tal adhesión no supondrá menoscabo alguno de las facultades Provinciales reconocidas en la Constitución Nacional, Leyes IX N°102 y IX N°19, que regula el fomento, la acuicultura comercial y el otorgamiento de los permisos habilitantes, respectivamente.

    Artículo 2.- La secretaría de Pesca de la Provincia del Chubut será la Autoridad de Aplicación de la presente norma.

    Artículo 3°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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