Deberán indemnizar a una trabajadora por la utilización de una imagen de su hijo menor en una revista de la empresa


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    Corresponde indemnizar a la trabajadora por la utilización de una fotografía de su hijo menor de edad en una revista de la compañía, sin su consentimiento, puesto que la simple exhibición no consentida de la imagen afecta el derecho protegido por el actual art. 53 del CCyCN y genera por sí sola un daño moral representado por el disgusto de ver avasallada la propia personalidad o la de aquellos que se encuentran bajo tutela.Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    1 de Agosto de 2021
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Daniel Eduardo Stortini - Roberto Carlos Pompa
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    Carátula: O., C. I. c/ Casino Buenos Aires S.A. Cía. de Inversiones en Entretenimientos S.A. UTE s/ despido

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