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- DECRETO 599/2021
- LA PLATA, 13 de Agosto de 2021
- Boletín Oficial, 18 de Agosto de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°. Aprobar la reglamentación de la Ley Nº 15.232, que como Anexo Único (IF-2021-18629413-GDEBASSJMJYDHGP) forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2°. Designar Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 15.232 al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, facultando a su titular a dictar las normas interpretativas, complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias, así como también a suscribir y aprobar convenios con organismos públicos y privados, nacionales, provinciales, municipales a los fines de dar cumplimiento al objeto del presente.
ARTÍCULO 3°. Los gastos que demande el cumplimiento de la reglamentación aprobada por el artículo 1º del presente serán atendidos con las partidas correspondientes al presupuesto general asignado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
ARTÍCULO 4°. Establecer que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos propondrá al Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
ANEXO
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