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- Acordada 4/20
- CAMARA NACIONAL DE CASACION EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Emitida el 17 de Abril de 2020
Establece que la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional conformará el tribunal de feria extraordinaria con la totalidad de sus miembros. Asimismo, ratifica que las cuestiones de feria serán, exclusivamente, trámites de excarcelaciones, exenciones de prisión, habeas corpus y arrestos domiciliarios, como así también legajos provenientes de los Juzgados Nacionales de Ejecución penal en aquellos casos en los que se constate la posibilidad de decidir la inminente liberación de personas privadas de su libertad. Además, señala que también se resolverán casos en los que se haya interpuesto recurso de casación contra una sentencia condenatoria, cuando ya se haya celebrado la audiencia, y deba resolverse la absolución de personas privadas de su libertad.
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