Resolución 10/21 - Comisión Arbitral de Convenio Multilateral del 18.8.77


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    COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

    Resolución General 10/2021

    Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2021

    VISTO y CONSIDERANDO:

    Que la provincia de Entre Ríos, mediante el dictado de la Resolución N° 171/2021 de la Administración Tributaria de Entre Ríos, ha dispuesto la adhesión al Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación “SIRCAR”, aprobado por la Resolución General Nº 84/2002 de la Comisión Arbitral, por lo que resulta necesario actualizar el listado de jurisdicciones adheridas a dicho sistema.

    Que, consecuentemente, también corresponde modificar el artículo 4° de la Resolución General Nº 84/2002 de la Comisión Arbitral (modificado a su vez mediante el artículo 2° de la Resolución General N° 5/2013).

    Por ello:

    LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)

    RESUELVE:

    ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Anexo I de la Resolución General Nº 84/2002 de la Comisión Arbitral (Apéndice XVI del anexo del Ordenamiento de Resoluciones Generales aprobado por la Resolución General Nº 22/2020).

    ANEXO I Resolución General Nº 84/2002

    JURISDICCIONES ADHERIDAS AL SISTEMA SIRCAR

    CATAMARCA

    CÓRDOBA

    CORRIENTES

    CHACO

    CHUBUT

    ENTRE RÍOS

    FORMOSA

    JUJUY

    LA PAMPA

    LA RIOJA

    MISIONES

    NEUQUEN

    RIO NEGRO

    SALTA

    SAN JUAN

    SAN LUIS

    SANTA CRUZ

    SANTA FE

    SANTIAGO DEL ESTERO

    TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR

    ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el artículo 4° de la Resolución General Nº 84/2002 de la Comisión Arbitral (modificado mediante el artículo 2° de la Resolución General N° 5/2013), el que quedará redactado de la siguiente manera:

    “ARTICULO 4º: Los agentes de retención y/o percepción que deban efectuar presentaciones y/o pagos a jurisdicciones no adheridas al SIRCAR –Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires y Mendoza–, continuarán observando las normas vigentes en esos fiscos”.

    ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.

    Fernando Mauricio Biale - Laura Mariela Manzano

    e. 17/08/2021 N° 57399/21 v. 17/08/2021
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