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- LEY 14.041
- SANTA FE, 24 de Junio de 2021
- Boletín Oficial, 30 de Julio de 2021
- Vigente, de alcance general
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE LEY
ARTÍCULO 1.- Créanse un Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral y un juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia en el Distrito Judicial Nº 3 de la Provincia con sede en la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López.
ARTÍCULO 2.- Modificase el inciso 4.3) del artículo 7 de la Ley Nº 10.160 - Orgánica del Poder Judicial, el que queda redactado de la siguiente manera:
"4.3) Nº 3: dos en lo Civil y Comercial, dos en lo Laboral, uno en lo Laboral de Conciliación y de Ordenamiento del Proceso, dos de Familia, dos en lo Penal Correccional, uno de Menores y uno de Instrucción;"
ARTÍCULO 3.- La Corte Suprema de justicia debe disponer las medidas pertinentes para dotar de los recursos humanos y materiales a los nuevos juzgados que se crean por la presente ley.
ARTÍCULO 4.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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