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- LEY VIII- N° 135
- RAWSON, 1 de Julio de 2021
- Boletín Oficial, 30 de Julio de 2021
- Vigente, de alcance general
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia del Chubut a las disposiciones de la Ley Nacional N°27.621 «Ley de Educación Ambiental Integral», a fin de garantizar el derecho a la educación ambiental integral como una política pública.
Artículo 2°.- Será Autoridad de Aplicación y reglamentación de la presente el Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.
Artículo 3°. - El Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut promoverá todos los acuerdos que sean necesarios con el fin de dar cumplimiento a la presente, con el Ministerio de Educación de la Nación.
Artículo 4°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

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