Resolución 5033/21 - Administración Federal de Ingresos Públicos


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    Resolución 5.033/2021
    AFIP
    Emitida el 26 de Julio de 2021
    Boletín Oficial, 27 de Julio de 2021
    Vigente, de alcance general
    emergencia económica, emergencia productiva, emergencia financiera, cítricos, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy, Salta, obligación tributaria, obligaciones previsionales, prórroga del plazo, declaración jurada, presentación de declaración jurada impositiva, Economía y finanzas, Bienestar social, Actividades económicas, Derecho tributario y aduanero, Seguridad social, Derecho civil, Derecho procesal

    ARTÍCULO 1°.- La solicitud de los beneficios a que se refiere el artículo 2° de la Resolución General N° 5.009, correspondiente a los sujetos alcanzados por la declaración de la emergencia a la cadena de producción de cítricos dispuesta por la Ley N° 27.507 y extendida por su similar N° 27.569, podrá realizarse -en sustitución de lo allí previsto- hasta el día 30 de noviembre de 2021, inclusive.

    ARTÍCULO 2°.- Sustituir el segundo párrafo del artículo 20 de la Resolución General N° 5.030, por el siguiente:

    "Los planes de facilidades de pago -especiales y generales- implementados por la presente, podrán presentarse hasta el día 30 de diciembre de 2021, inclusive.".

    ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

    ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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