Ley 15289 de BUENOS AIRES


    Volver al boletín
    LEY 15.289
    LA PLATA, 30 de Junio de 2021
    Boletín Oficial, 15 de Julio de 2021
    Vigente, de alcance general
    prórroga de vigencia, declaración de utilidad pública, expropiación, inmuebles, Derecho civil, Derecho administrativo

    EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

    ARTÍCULO 1°: Prorrógase la Ley 14.966 desde su vencimiento, hasta ciento ochenta (180) días de la entrada en vigencia de la presente Ley.

    ARTÍCULO 2°: Los plazos establecidos en la presente Ley serán improrrogables.

    ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

    Más Leyes Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...