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- SENTENCIA
- 28 de Mayo de 2021
- CAMARA DE APEL. CONT. ADM. Y TRIB. DE LA CIUDAD AUT. DE BS. AS.. CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 04
- Magistrados: María de las Nieves Macchiavelli Agrelo - Laura Alejandra Perugini - Marcelo López Alfonsín
Corresponde confirmar la sentencia que rechaza la medida solicitada por una entidad civil tendiente a que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la autorización legislativa, dada a través de la Ley 6287, de la venta de determinados inmuebles del GCBA y se ordene interrumpir el proceso de enajenación y de subasta pública, toda vez que la decisión cuestionada no ha sido adecuadamente rebatida por la actora, pues el término bienes públicos del art. 63 de la Constitución de la CABA no comprendería a los bienes de dominio privado del Estado -como los que figuran en el Anexo I de la ley 6.287- y que de la normativa vigente no se advierte la obligatoriedad del llamado a audiencia pública para proceder a la disposición de dichos bienes, la que sí esta prevista para la disposición o concesión de uso de bienes del dominio público.
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Carátula: Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad c. GCBA s/ incidente de apelación – Amparo – Otros
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