Decreto 4177/20 de SAN LUIS


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    DECRETO 4.177/2020
    SAN LUIS, 10 de Agosto de 2020
    Boletín Oficial, 7 de Junio de 2021
    Vigente, de alcance general
    estructura orgánica, Dirección General de la Vivienda, institutos provinciales de la vivienda, Administración Pública Provincial, Derecho administrativo, Bienestar socialSe aprueba la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Vivienda.

    Art. 1º.- Conformar, a partir del día 10 de agosto de 2020, la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Vivienda de la siguiente manera:

    1. Secretaría de Estado de Vivienda 1.1. Secretaría Privada 1.2. Oficina Despacho 1.3. Programa Viviendas e Interior 1.3.1. Subprograma Planes Especiales e Interior 1.3.2. Área Vivienda Villa Mercedes 1.3.3. Área Vivienda Departamentos Ayacucho y Belgrano 1.3.4. Área Vivienda Departamentos Chacabuco y Junín 1.3.5. Área Vivienda Departamentos Coronel Pringles y Libertador General San Martín 1.3.6. Área Vivienda Departamento Gobernador Dupuy 1.3.7. Subprograma Fiscalización 1.3.8. Área Control de Habitabilidad 1.4. Programa Administración de la Vivienda 1.4.1. Subprograma Ordenamiento Administrativo 1.4.2. Área Regularización 1.4.3. Área Escrituras 1.4.4. Subprograma Adjudicaciones 1.4.5. Área Desadjudicaciones 1.5. Programa Política Habitacional e Interacción Ciudadana 1.5.1. Subprograma Relaciones con los Inscriptos y Adjudicatarios 1.5.2. Área Relevamiento y Verificación 1.5.3. Subprograma Soluciones Habitacionales, Hábitat y Nuevas Estrategias 1.5.4. Área Factibilidad y Urbanización 1.6. Programa Planeamiento y Gestión de Recursos 1.6.1. Área Comunicación y Gestión de Demanda 1.6.2. Subprograma Informatización 1.6.3. Área Sistemas y Carga de Datos 1.6.4. Subprograma Planificación y Gestión de Recursos 1.6.5. Área Recupero de Deuda y Control de Cuentas

    Art. 2º.- Asignar a los siguientes organismos los regímenes de competencias, misiones y funciones que se detallan a continuación:

    1. Secretaría de Estado de Vivienda a) Cumplir con las misiones y funciones establecidas en la Ley Nº V-1026-2020.

    1.1. Secretaría Privada:

    a) Asistir al Secretario de Estado de Vivienda.

    b) Generar la agenda diaria del Secretario de Estado de Vivienda.

    c) Coordinar las audiencias del Secretario de Estado de Vivienda.

    1.2 Oficina Despacho:

    a) Recepcionar y coordinar el despacho de la Secretaría de Estado de Vivienda y toda documentación que deba ser suscripta por el Secretario de Estado de Vivienda, conforme la competencia que le asigne la Ley de Ministerios, la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público y demás normas administrativas aplicables a los asuntos y cuestiones en trámite.

    b) Proyectar los actos administrativos necesarios a los fines de cumplimentar con los objetivos propios de la Secretaría de Estado de Vivienda.

    c) Organizar y fiscalizar los registros y archivos para el control de la documentación que ingrese o salga de la Secretaría.

    1.3. Programa Viviendas e Interior:

    a) Organizar las distintas Áreas de la Secretaría con el objetivo de mejorar la disponibilidad en tiempo y una gestión administrativa eficaz.

    b) Diseñar y coordinar planes especiales que permitan poner al alcance de todos los sectores de la población, medios de accesibilidad a distintas soluciones habitacionales.

    c) Coordinar las acciones con los diferentes Programas dependientes de la Secretaría de Estado de Vivienda.

    d) Controlar el cumplimiento de las políticas habitacionales en el interior de la provincia.

    1.3.1. Subprograma Planes Especiales e Interior:

    a) Coordinar la implementación de los planes especiales destinados a sectores determinados de la sociedad que no estén comprendidos en los planes de viviendas sociales.

    b) Proponer las condiciones que deben reunir los aspirantes a planes especiales.

    c) Disponer la creación de un registro de inscriptos en planes especiales.

    d) Mantener actualizada la base de datos de inscriptos y beneficiarios de los planes especiales creados o a crearse.

    e) Controlar el mantenimiento de las condiciones exigidas según la normativa legal vigente para los adjudicatarios de los planes especiales, en particular en el interior provincial.

    1.3.2. Área Vivienda Villa Mercedes:

    a) Recepcionar y gestionar los trámites relacionados a las demandas de los habitantes de la ciudad de Villa Mercedes.

    b) Realizar los relevamientos y fiscalizaciones necesarias en relación a inscriptos y adjudicatarios.

    c) Llevar adelante las auditorías a inscriptos y adjudicatarios.

    1.3.3. Área Vivienda Departamentos Ayacucho y Belgrano:

    a) Recepcionar y gestionar los trámites relacionados a las demandas de los habitantes de las localidades de los Departamentos Ayacucho y Belgrano.

    b) Realizar los relevamientos y fiscalizaciones necesarias en relación a inscriptos y adjudicatarios de dichos departamentos.

    c) Llevar adelante las auditorías a inscriptos y adjudicatarios.

    1.3.4. Área Vivienda Departamentos Chacabuco y Junín:

    a) Recepcionar y gestionar los trámites relacionados a las demandas de los habitantes de las localidades de los Departamentos Chacabuco y Junín.

    b) Realizar los relevamientos y fiscalizaciones necesarias en relación a inscriptos y adjudicatarios de dichos departamentos.

    c) Llevar adelante las auditorías a inscriptos y adjudicatarios.

    1.3.5. Área Vivienda Departamentos Departamentos Coronel Pringles y Libertador General San Martín.

    a) Recepcionar y gestionar los trámites relacionados a las demandas de los habitantes de las localidades de los Departamentos Coronel Pringles y Libertador General San Martín.

    b) Realizar los relevamientos y fiscalizaciones necesarias en relación a inscriptos y adjudicatarios de dichos departamentos.

    c) Llevar adelante las auditorías a inscriptos y adjudicatarios.

    1.3.6. Área Vivienda Departamento Gobernador Dupuy:

    a) Recepcionar y gestionar los trámites relacionados a las demandas de los habitantes de las localidades del Departamento Gobernador Dupuy.

    b) Realizar los relevamientos y fiscalizaciones necesarias en relación a inscriptos y adjudicatarios de dicho departamento.

    c) Llevar adelante las auditorías a inscriptos y adjudicatarios.

    1.3.7. Subprograma Fiscalización a) Establecer e implementar estrategias tendientes al ordenamiento y seguimiento de las viviendas adjudicadas en el interior Provincial.

    b) Observar el cumplimiento de las obligaciones y deberes establecidos en contratos de adjudicaciones, conforme normativa legal vigente, de todos los adjudicatarios de planes habitacionales implementados y a implementarse por la Secretaría de Estado de Vivienda en el interior Provincial.

    c) Realizar un seguimiento de los trámites de los procesos de desadjudicación en el interior Provincial.

    1.3.8. Área Control de Habitabilidad:

    a) Coordinar con el Subprograma Fiscalización, las acciones a realizar por el cuerpo de verificadores, conforme las necesidades de las distintas Áreas que conforman la Secretaría de Estado de Vivienda.

    b) Planificar estrategias para las verificaciones y auditorías de oficio o solicitadas por particulares.

    c) Comunicar al Área Desadjudicaciones los incumplimientos detectados.

    1.4. Programa Administración de la Vivienda:

    a) Hacer efectivo el acceso y la permanencia a una vivienda para todos los sectores de la población, priorizando a aquellos más vulnerables, generando una política integral armonizada con el ordenamiento territorial, el medio ambiente y las políticas sociales.

    b) Ejecutar las acciones que permitan el acceso de la población a viviendas dignas y las acciones tendientes a la consolidación de la seguridad jurídica.

    c) Cumplir y hacer cumplir las normas de acceso a una unidad habitacional.

    d) Asignar las viviendas, procediendo a su adjudicación y desadjudicación en los casos que corresponda.

    e) Readjudicar las viviendas que han sido desadjudicadas conforme a la normativa legal vigente.

    f) Expedirse respecto los procedimientos de adjudicación, readjudicación y desadjudicación.

    1.4.1. Subprograma Ordenamiento Administrativo a) Ordenar los procedimientos administrativos.

    b) Seguir y encauzar los trámites tendientes al ordenamiento de los diversos procedimientos administrativos.

    c) Controlar y remitir al Área Sistemas y Carga de Datos la información correspondiente a cada vivienda tendiente a su actualización de datos.

    1.4.2. Área Regularización a) Requerir y recabar la información necesaria para el control de habitabilidad de cada vivienda.

    b) Dar inicio e instar los procedimientos tendientes a la regularización de la titularidad de las viviendas adjudicadas.

    1.4.3. Área Escrituras a) Iniciar y llevar adelante los procesos de escrituración.

    b) Requerir y recabar la información sobre viviendas escrituradas y comunicar a los efectos de la sistematización y actualización de datos.

    1.4.4. Subprograma Adjudicaciones a) Realizar el control de los procedimientos administrativos para la realización de readjudicaciones de las viviendas que se encuentren desadjudicadas.

    b) Solicitar los controles y cruces de datos para proceder a las adjudicaciones de planes de vivienda nuevos, impartiendo las directivas necesarias.

    c) Sugerir los parámetros a tener en cuenta al momento de realizarse las adjudicaciones de viviendas.

    d) Sugerir la readjudicación de viviendas que han sido desadjudicadas conforme la normativa legal vigente.

    e) Confeccionar los contratos de adjudicación.

    1.4.5. Área Desadjudicaciones a) Dar trámite a las denuncias y/o pedidos de particulares.

    b) Llevar adelante los procesos de auditorías que correspondan.

    c) Iniciar el procedimiento de desadjudicación, cuando se detectare el incumplimiento de las políticas habitacionales dispuestas en las normativas vigente.

    1.5. Programa Política Habitacional e Interacción Ciudadana a) Generar vínculos con la comunidad, brindando herramientas de contacto a los administrados en materia de políticas habitacionales, orientando la atención al público para satisfacer las necesidades del ciudadano.

    b) Promover la vinculación y cooperación con los distintos organismos relacionados con la política habitacional.

    c) Establecer procesos de comunicación con aquellos administrados declarados inscriptos en planes habitacionales en curso, fijando lazos de convivencia y mayor participación en la generación de soluciones integrales para la comunidad.

    d) Coordinar reuniones con autoridades de programas federales de política habitacional para la presentación formal de proyectos.

    e) Disponer un registro actualizado de los inscriptos en planes habitacionales creados o a crearse.

    1.5.1. Subprograma Relaciones con los Inscriptos y Adjudicatarios a) Verificar el cumplimiento de las condiciones de mantenimiento del carácter de inscripto, brindando transparencia al sistema previo de adjudicación de viviendas.

    b) Evaluar y generar planes de acción ante requerimientos o necesidades de los inscriptos.

    c) Verificar el cumplimiento de las condiciones de mantenimiento del carácter de adjudicatarios en forma coordinada con el Subprograma Fiscalización.

    1.5.2. Área de Relevamiento y Verificación:

    a) Coordinar con el Subprograma Relaciones con los Inscriptos y Adjudicatarios, las acciones a realizar por el cuerpo de verificadores, con el fin de determinar la veracidad de las declaraciones juradas y/o documentación aportada por los solicitantes.

    b) Planificar estrategias para la verificación y auditoría, en relación a las pretensiones de personas formuladas para acceder a una determinada solución habitacional.

    1.5.3. Subprograma Soluciones Habitacionales, Hábitat y Nuevas Estrategias a) Coordinar los relevamientos para detectar necesidades habitacionales a efectos de implementar nuevas soluciones de planes de vivienda.

    b) Planificar estrategias de urbanización de zonas, procurando la sustentabilidad de las viviendas.

    c) Realizar censos en materia habitacional, coordinados con otras áreas de incumbencia.

    d) Instar el seguimiento de las áreas urbanizadas y sus beneficiarios integrándolas a la comunidad, teniendo en cuenta la protección de la biodiversidad.

    e) Recepcionar y evaluar las distintas necesidades detectadas en materia habitacional, procediendo a su registro y clasificación conforme las distintas prioridades.

    f) Realizar el seguimiento de las urbanizaciones de zona, procesando la documentación necesaria y elevando informes de soluciones habitacionales.

    1.5.4. Área Factibilidad y Urbanización a) Promover las acciones tendientes a la regularización de títulos de los inmuebles, indicando en cada caso el trámite que corresponda para la realización de esta finalidad.

    b) Recabar y analizar la factibilidad de tierras destinadas al desarrollo de soluciones habitacionales.

    1.6. Programa Planeamiento y Gestión de Recursos:

    a) Orientar los equipos técnicos de sistemas de la Secretaría de Estado de Vivienda, innovando en el uso de nuevas tecnologías para mejorar el nivel de atención ciudadana.

    b) Asistir técnicamente a las distintas Áreas de la Secretaría de Estado de Vivienda para mejorar los niveles de servicio y gestión.

    c) Controlar y supervisar el adecuado uso de la información, verificando cada implementación o modificación de sistemas de manejo de datos.

    d) Implementar una nueva estructura de trabajo en sistemas y datos, incluyendo la utilización de tecnologías y el seguimiento del nivel de servicio de atención al público.

    e) Gestionar recursos externos para el desarrollo de soluciones habitacionales.

    f) Proponer estrategias tendientes a la eficacia en el cobro de las obligaciones dinerarias de los beneficiarios de las soluciones habitacionales.

    g) Trabajar en conjunto con la Dirección Provincial de Ingresos Públicos a los fines de generar la disponibilidad inmediata de información referente a estados de cuenta de los beneficiarios de los planes de vivienda.

    h) Auditar el cumplimiento de las obligaciones de pago de los beneficiarios de las soluciones habitacionales.

    1.6.1. Área Comunicación y Gestión de Demanda:

    a) Desarrollar la dimensión comunicativa e informativa de la Secretaría de Estado de Vivienda con la ciudadanía y la prensa.

    b) Gestión de la demanda de los ciudadanos en general.

    c) Gestionar y sugerir mecanismos de comunicación ágiles, que tiendan y coloquen en un plano de igualdad en el tiempo de recepción de la respuesta al habitante del interior.

    1.6.2. Subprograma Informatización:

    a) Mantener y actualizar permanentemente el/los sistemas de viviendas.

    b) Relevar las necesidades técnicas - operativas de las distintas Áreas de la Secretaría de Estado de Vivienda a los fines de adaptar o regenerar el sistema de manejo de la información.

    c) Automatizar y efectivizar la integración de los sistemas y datos de la Secretaría de Estado de Vivienda con el Sistema de Expedientes Digitales del Gobierno de la Provincia de San Luis, simplificando el uso del mismo y con los sistemas de los organismos provinciales, municipales y nacionales que sean necesarios.

    d) Adoptar las medidas necesarias de capacitación permanente en el uso de sistemas y de eficiencia y en la actualización de la carga de datos.

    e) Administrar los sistemas de la Secretaría de Estado de Vivienda.

    f) Supervisar el normal funcionamiento del hardware de servidores y software.

    g) Configurar usuarios y coordinar la mesa de ayuda interna para la resolución de inconvenientes inmediatos.

    1.6.3. Área Sistemas y Carga de Datos:

    a) Controlar y resguardar los datos e información de viviendas.

    b) Controlar la interoperabilidad entre la base de datos y los sistemas de vivienda.

    c) Generar interfaces de comunicación con otras bases de datos, a los fines de simplificar las tareas administrativas.

    d) Supervisar el equipamiento central de almacenamiento de datos y su normal funcionamiento, asegurando la redundancia técnica, evitando perdida de información.

    e) Realizar la carga de datos relevados por las distintas Áreas de la Secretaría de Estado de Vivienda.

    f) Actualizar los datos existentes a los fines de mantener vigente la información de beneficiarios, inscriptos o aspirantes.

    g) Generar reportes y análisis de información ante requerimientos de distintas Áreas de la Secretaría de Estado de Vivienda.

    h) Digitalizar el archivo de viviendas. Generar los índices e ingreso de datos de cada digitalización para simplificar su utilización en ambiente de Sistemas.

    1.6.4. Subprograma Planificación y Gestión de Recursos:

    a) Trabajar en contacto permanente con el Consejo Nacional de la Vivienda, conociendo la agenda y tareas del mismo para concretar reuniones y la participación de la provincia, mediante su representante de la Secretaría de Estado de Vivienda o quien designe en caso de fuerza mayor.

    b) Estudiar y analizar los distintos programas federales de fondos destinados a las políticas habitacionales de la provincia.

    c) Realizar el seguimiento y generar los contactos para la asistencia técnica en los requerimientos para la elaboración de proyectos a los fines de gestionar fondos federales.

    1.6.5. Área Recupero de Deuda y Control de Cuentas:

    a) Optimizar la utilización de la plataforma de pagos de la Dirección Provincial del Ingresos Públicos, trabajando en conjunto con las distintas Áreas de sistemas y bases de datos de la Secretaría de Estado de Vivienda.

    b) Gestionar y mantener actualizados reportes de estados de deuda de cada vivienda social.

    c) Realizar informes de gestión de deuda para las Áreas de la Secretaría de Estado de Vivienda que necesiten dicha información.

    d) Promover mecanismos y nuevas iniciativas para la gestión de recupero de deuda.

    Art. 3º.- El Ministerio de Hacienda Pública a través del área correspondiente, deberá adecuar las partidas presupuestarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.-

    Art. 4º.- Hacer saber a todos los Ministerios y dependencias de la Secretaría de Estado de Vivienda.-

    Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Vivienda, el señor Secretario General de Gobernación, el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda Pública y la Señora Jefe de Gabinete de Ministros.-

    Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

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