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- SENTENCIA
- 27 de Mayo de 2021
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Rosenkrantz - Highton de Nolasco - Maqueda - Rosatti
La acción de amparo, de manera general, puede tramitar en la instancia originaria, siempre que se verifiquen las hipótesis que surtan la competencia prevista en los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional (reglamentados por el art. 24, inc. 1°, del decreto-ley 1285/58) porque, de otro modo, en tales controversias, quedarían sin protección los derechos de las partes en los supuestos contemplados por el art. 43 de la Constitución Nacional y por la ley 16.986. -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-Fuente del sumario: OFICIAL
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Carátula: Mendoza, Provincia de c/ Valle de Las Leñas SA y otros s/ acción por daño ambiental
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales