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- SENTENCIA
- 20 de Mayo de 2021
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 05
- Magistrados: Rodolfo Pociello Argerich - Hernán Martín López
Corresponde confirmar la decisión que mantuvo la medida cautelar consistente en que el imputado, a quien se le reprocha la comisión de más de veinte hechos cometidos contra su ex pareja, muchos de los cuales habrían consistido en infringir órdenes judiciales vigentes de prohibición de contracto contra ella y/o sus familiares, continúe siendo rastreado por medio de la utilización de una tobillera de geo-posicionamiento, puesto que, a pesar de las distintas medidas de restricción impuestas por diferentes tribunales, los hechos habrían continuado sucediendo, generando un temor real respecto a la integridad física de la denunciante y su familia, demostrando que las medidas adoptadas no resultaban suficientes. En consecuencia, la medida de mantener la tobillera electrónica resulta razonable, valorando los hechos denunciados, su presunta reiteración y la potencialidad del peligro en relación a la víctima.
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Carátula: G. G., L. E. s/ medida cautelar
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