Decreto 358/21


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    DECRETO NACIONAL 358/2021
    BUENOS AIRES, 4 de Junio de 2021
    Suplemento Oficial, 4 de Junio de 2021
    Vigente, de alcance general
    elecciones, elecciones nacionales, elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias, diputados nacionales, senadores nacionales, pandemia, coronavirus, Derecho constitucional, Salud públicaSe establecen Nuevas Fechas para las Elecciones de Senadores y Diputados Nacionales

    ARTÍCULO 1º.- Derógase el Decreto N° 303 de fecha 7 de mayo de 2021.

    ARTÍCULO 2º.- Convócase al electorado de la NACIÓN ARGENTINA a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para la elección de candidatos y candidatas a SENADORES y SENADORAS y DIPUTADOS y DIPUTADAS NACIONALES el día 12 de septiembre de 2021.

    ARTÍCULO 3º.- Convócase al electorado de la NACIÓN ARGENTINA para que el 14 de noviembre de 2021 proceda a elegir SENADORES y SENADORAS y DIPUTADOS y DIPUTADAS NACIONALES según corresponda a cada distrito, conforme el detalle que, como ANEXO (IF-2021- 50113297-APN-SAP#MI), forma parte integrante del presente acto.

    ARTÍCULO 4º.- Las elecciones de SENADORES y SENADORAS y DIPUTADOS y DIPUTADAS NACIONALES se realizarán de acuerdo con el sistema electoral establecido en el Título VII, Capítulos II y III del CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL, aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por Decreto Nº 2135/83) y sus modificatorias.

    ARTÍCULO 5º.- El MINISTERIO DEL INTERIOR, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, adoptará las medidas necesarias para la organización y realización de los comicios objeto de la presente convocatoria.

    ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    ANEXO

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