Decreto 368/21


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    DECRETO NACIONAL 368/2021
    BUENOS AIRES, 4 de Junio de 2021
    Boletín Oficial, 7 de Junio de 2021
    Vigente, de alcance general
    modelo de convenio, contrato de préstamo, Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, participación ciudadana, Economía y finanzas, Derecho administrativoSe aprueba el Modelo de Contrato de Préstamo con el Fondo Fnanciero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata destinado a financiar el Programa de Apoyo Integral para la Institucionalización del Diálogo y la Participación Ciudadana

    ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-52/2021 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES (USD 5.000.000), destinado a financiar el "Programa de Apoyo Integral para la Institucionalización del Diálogo y la Participación Ciudadana", que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas por ONCE (11) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I (IF-2021-26539503-APN-SSRFID#SAE) integra la presente medida. Asimismo, se adjunta como ANEXO II (IF-2021-26609131-APN-SSRFID#SAE) la "Política para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones Financiadas por FONPLATA".

    ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la Nación, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo ARG-52/2021 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba por el artículo 1º de la presente medida.

    ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la Nación, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo ARG-52/2021, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

    ARTÍCULO 4º.- Desígnase como "Organismo Ejecutor" del "Programa de Apoyo Integral para la Institucionalización del Diálogo y la Participación Ciudadana" a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la que contará con el apoyo de la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON ENFOQUE SECTORIAL AMPLIO de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO de la citada Secretaria en la gestión operativa del Programa. Asimismo, la mencionada Dirección será responsable de las actividades de evaluación del Programa; quedando ambas facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-52/2021 que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

    ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    ANEXO I

    ANEXO II

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