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- DECRETO 610/2021
- MENDOZA, 14 de Mayo de 2021
- Boletín Oficial, 15 de Mayo de 2021
- Vigente, de alcance general
Artículo 1º -Dispónganse la continuidad de todas las medidas vigentes en el ámbito territorial de la Provincia al día de la fecha, con las modificaciones y agregados que se detallan en los artículos subsiguientes en el ámbito territorial del Departamento de General Alvear y las localidades de Real del Padre, Villa Atuel, Atuel Norte y Jaime Prats, pertenecientes al Departamento de San Rafael, hasta el día 28 de mayo inclusive:
El cierre del Anexo del Casino Provincial;
El cierre de comercios en general a las 19.30 hs;
El cierre de restaurantes a las 23.00 hs. con un límite de ocupación del 30% (TREINTA POR CIENTO) del factor habilitado;
El cierre de comercios de proximidad a las 21.00 hs.;
Las actividades deportivas podrán realizarse conforme con la normativa provincial vigente, hasta las 21.00 hs. y, en el caso de los gimnasios, hasta el 30% (TREINTA POR CIENTO) del factor de ocupación habilitado;
La limitación de la celebración de reuniones religiosas al 30% (TREINTA POR CIENTO) del factor de ocupación habilitado.
Artículo 2º - Déjese sin efecto la restricción de acceso y egreso dispuesta en el artículo 1º, inciso 1, del Decreto Nº 540/2021.
Artículo 3º - Se restringe la circulación de personas en el ámbito territorial definido en el artículo 1º, de conformidad con lo dispuesto por Decreto Acuerdo Nº 488/2021, entre las 23.30 hs y las 05.30 hs del día siguiente.
Artículo 4º - Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente.
Artículo 5º - El presente Decreto tendrá vigencia desde la fecha de su publicación.
Artículo 6º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
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