Decreto 942/21 de CATAMARCA


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    DECRETO 942/2021
    SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 16 de Mayo de 2021
    Boletín Oficial, 16 de Mayo de 2021
    Vigente, de alcance general
    Catamarca, coronavirus, Salud públicaModificación de los puntos 36 y 42 del Anexo III Etapa Roja Aislamiento Estricto del Decreto 1854/2020.

    ARTÍCULO 1º.- Modificase los puntos 36 y 42 del Anexo III "ETAPA ROJA - AISLAMIENTO ESTRICTO" del Decreto S. - Seg. N° 1854/2020 los que quedarán redactados de la siguiente manera:

    "36.- Comercios de cercanía, hasta las 22:00 horas." "42.- Obra pública y privada, en el horario de 09:00 a 18:00 horas. Obra pública realizada por administración, en el horario que establezca la autoridad competente."

    ARTÍCULO 2º.- Prohíbase en todo el ámbito de la Provincia desde de las 00:00 horas del día 17 de Mayo de 2021 y hasta el día 26 de Mayo de 2021 inclusive, la realización de las siguientes actividades previstas en el Anexo III "ETAPA ROJA - AISLAMIENTO ESTRICTO" del Decreto S. - Seg. N° 1854/2020 y sus modificatorios:

    a. Gimnasios, Natatorios, Escuelas de Danzas;

    b. Actividades de culto: asistencia a templos y celebraciones religiosas.

    ARTÍCULO 3°.- Los servicios y actividades autorizados deberán respetar los estrictamente los protocolos y aforos dispuestos por las autoridades competentes.

    ARTÍCULO 4°.- El incumplimiento de las restricciones y medidas dispuestas en el presente instrumento legal darán lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto S. - Seg. N° 1578/2020 y sus modificatorios.

    ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

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