Ley 6414 de CIUDAD DE BUENOS AIRES


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    LEY 6.414
    CIUDAD DE BUENOS AIRES, 29 de Abril de 2021
    Boletín Oficial, 20 de Mayo de 2021
    Vigente, de alcance general
    patrimonio cultural, cultura, Cultura y educación

    La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley

    Artículo 1º.- Declárase bien integrante del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del Artículo 4°, inciso b) "Monumentos", de la Ley 1227, al Jardín vertical formado por las letras BA, ubicado en la Plaza de la República de esta Ciudad.

    Art. 2°.-Comuníquese, etc.

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