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- LEY 15.283
- LA PLATA, 20 de Abril de 2021
- Boletín Oficial, 10 de Mayo de 2021
- Vigente, de alcance general
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY:
ART 1°: La provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional 27.487, de Prórroga y Reforma de la Ley Nacional 25.080.
ARTÍCULO 2°: El Régimen de la Ley Nacional 27.487, a la cual se adhiere, será aplicado en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires, y le dará continuidad con las modificaciones impuestas, a lo establecido en la Ley Nacional 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados y sus reglamentaciones vigentes.
ARTÍCULO 3°: La Autoridad de Aplicación de este Régimen será designada por el Poder Ejecutivo Provincial, conforme a los artículos 45, 119, 144 inciso 2) de la Constitución Provincial que le otorgan tales atribuciones.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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