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- LEY 6.412
- CIUDAD DE BUENOS AIRES, 8 de Abril de 2021
- Boletín Oficial, 27 de Abril de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Corrígese la errata en el artículo 22 de la Ley 6390, publicada en el BOCBA N° 6033 del 11 de enero de 2021 donde dice: "artículo 52" debe decir "artículo 60".
Art 2°.- Corrígese la errata en el artículo 55 de la Ley 6390, publicada en el BOCBA N° 6033 del 11 de enero de 2021 donde dice: "artículo 49" debe decir "artículo 51".
Art 3°.- Corrígese la errata en el artículo 56 de la Ley 6390, publicada en el BOCBA N° 6033 del 11 de enero de 2021, donde dice: "artículo 52" debe decir "artículo 55."
Art 4°.- Corrígese la errata en el artículo 57 de la Ley 6390, publicada en el BOCBA N° 6033 del 11 de enero de 2021, donde dice: "artículos 53 y 54" debe decir: "artículos 55 y 56".
Art 5°.- Corrígese la errata en el artículo 58 de la Ley 6390, publicada en el BOCBA N° 6033 del 11 de enero de 2021, donde dice: "artículo 49" debe decir "artículo 51".
Art 6°.- Corrígese la errata en el artículo 59 de la Ley 6390, publicada en el BOCBA N° 6033 del 11 de enero de 2021, donde dice: "artículo 49" debe decir: "artículo 51".
Art 7°.- Comuníquese, etc.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes