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- DECRETO NACIONAL 274/2021
- BUENOS AIRES, 27 de Abril de 2021
- Boletín Oficial, 28 de Abril de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL (US$ 243.800.000), destinado a financiar parcialmente el "Proyecto de desarrollo y fabricación del sistema satelital geoestacionario de telecomunicaciones segunda generación: Satélite ARSAT - SG1", que consta, de las "Condiciones Particulares" integradas por VEINTISÉIS (26) Cláusulas, de las "Condiciones Generales" integradas por CUARENTA Y OCHO (48) Cláusulas, de UN (1) Anexo Técnico y de UN (1) Anexo "Formularios para Operaciones de Manejo de Deuda", que como ANEXO I (IF-2021-20315354-APN-SSRFID#SAE) forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba en el artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo CAF cuyo modelo se aprueba en el artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como "Organismo Ejecutor" del "Proyecto de desarrollo y fabricación del sistema satelital geoestacionario de telecomunicaciones segunda generación: Satélite ARSAT - SG1" a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, quien será responsable de la ejecución y coordinación técnica a través de la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A. (AR-SAT) y la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA que será responsable de la coordinación administrativa. Asimismo, la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN será el organismo subejecutor para la ejecución de la evaluación del Proyecto; quedando todas ellas facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo CAF que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO I
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