Decreto 182/21 de BUENOS AIRES


    Volver al boletín
    DECRETO 182/2021
    LA PLATA, 16 de Abril de 2021
    Boletín Oficial, 20 de Abril de 2021
    Vigente, de alcance general
    decreto reglamentario, personal policial, Escuela de Formación, Capacitación y Estudios Superiores, Policía Provincial, escuela de policía, carreras de especialización, reglamentos, Derecho administrativo, Defensa y seguridad, Cultura y educaciónSe aprueba el Decreto Reglamentario de la Ley 15.110, que crea el Instituto Universitario Policial Provincial, Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich.

    ARTÍCULO 1°. Constituir al Instituto Universitario Policial Provincial "Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich", en los términos del artículo 1° de la Ley N° 15.110, como el soporte académico de la totalidad del Sistema de Formación Profesional, Especialización y Capacitación de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.

    ARTÍCULO 2°. Establecer que el Instituto Universitario Policial Provincial "Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich" se vinculará con el Poder Ejecutivo a través de la Subsecretaría de Formación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Seguridad, la que brindará asistencia técnica y soporte administrativo para su puesta en marcha, de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 15.110.

    ARTÍCULO 3°. El Consejo Asesor Provincial será presidido por el/la Subsecretario/a de Formación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Seguridad, y se integrará por:

    Un/a (1) Representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

    Un/a (1) Representante de la Dirección General de Cultura y Educación.

    Un/a (1) Representante de la Comisión de Investigaciones Científicas (CIC).

    Un/a (1) Representante del Instituto Provincial de la Administración Pública (IPAP).

    Un/a (1) Representante por la mayoría y un/a (1) por las minorías del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires.

    Un/a (1) Representante por la mayoría y un/a (1) por las minorías de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.

    Un/a (1) Representante de las Policías de la provincia de Buenos Aires.

    ARTÍCULO 4°. Aprobar los "Lineamientos Estratégicos de Organización Institucional", que como Anexo Único (IF-2020- 27047185-GDEBA-DGTYLMSGP) forma parte del presente.

    ARTÍCULO 5°. Determinar que los Estatutos y Reglamentos académicos y, en particular, la conformación de los órganos de gobierno, se deberán elaborar considerando los "Lineamientos Estratégicos de Organización Institucional" aprobados por el artículo precedente.

    ARTÍCULO 6°. Designar, a partir de la notificación del presente, como Delegado Organizador del Instituto Universitario Policial Provincial "Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich", con carácter ad honorem, al Director de Desarrollo Institucional, dependiente de la Dirección Provincial de Formación, Capacitación y Evaluación de la Subsecretaría de Formación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Seguridad, licenciado Daniel Albano, DNI N° 16.510.626.

    ARTÍCULO 7°. Serán facultades del/la Delegado/a Organizador/a, en el marco del artículo 22 de la Ley N° 15.110, las siguientes:

    a. Ejercer la conducción administrativa, económica y financiera del Instituto Universitario Policial Provincial "Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich", conforme las normas destinadas a la organización y funcionamiento que conjuntamente dicte con el Consejo Asesor Provincial (CAP), hasta tanto se aprueben los Estatutos y Reglamentos correspondientes.

    b. Elaborar los anteproyectos de Estatuto Académico, Reglamento Académico y Reglamento Docente, conforme a lo establecido en la Ley y en los lineamientos establecidos en el presente decreto.

    c. Elaborar el proyecto de Oferta Académica de pregrado, grado y posgrado universitarios, como así también la Oferta Académica de Nivel Técnico Profesional, de acuerdo con los lineamientos que establezca el Ministerio de Seguridad.

    d. Proponer al Ministerio de Seguridad, para su elevación al Poder Ejecutivo provincial, el proyecto de Presupuesto Anual.

    e. Promover la contratación de especialistas que participen en la elaboración de los proyectos de Estatuto, reglamentos y Oferta Académica, conforme lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 15.110.

    f. Proponer la designación interina de las autoridades superiores que se establezcan estatutariamente para la puesta en marcha del Instituto Universitario, conjuntamente con el Consejo Asesor Provincial.

    ARTÍCULO 8°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

    ARTÍCULO 9°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

    ANEXO UNICO

    Más Decretos Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...