Google deberá bloquear las URLs que hagan referencia al fallecimiento del ex presidente de un club de fútbol


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    Corresponde ordenar a un buscador de contenidos de internet el bloqueo de aquellas URLs que hagan referencia al fallecimiento del causante, puesto que hasta el momento en que se dicta el pronunciamiento, han transcurrido más de doce años del referido deceso y la información indexada por el motor de búsqueda emplazado no cuenta con los parámetros que permitan incluirla en aquellos casos excepcionalísimos en los que priman los derechos a la información y la libertad de expresión por sobre los derechos a la intimidad y el honor de las personas, pues ha dejado de ser novedosa o de interés para la comunidad como para habilitar justificadamente la afectación de los derechos personalísimos del causante.
    SENTENCIA
    21 de Abril de 2021
    CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 02
    Magistrados: Ricardo Gustavo Recondo - Eduardo Daniel Gottardi - Alfredo Silverio Gusman
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    Carátula: Pompilio, Natalia Andrea c/ Google Inc. s/ habeas data (art. 43 C.N.)

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