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- DECRETO 5.501/2020
- SAN LUIS, 23 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 12 de Abril de 2021
- Vigente, de alcance general
Art. 1º.- Exceptuar el presente caso, de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 410-MHP-2020.-
Art. 2º.- Aprobar las Bases y Condiciones del Programa "San Luis, Mi Destino", que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto.-
Art. 3º.- Disponer que la Secretaria de Estado de Turismo, en su carácter de Autoridad de Aplicación, autorizará el otorgamiento de los subsidios conforme a lo establecida en las Bases y Condiciones aprobadas en el artículo precedente.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur U.E Prog Proy Fte.Fto Inc Ppal Parc. Importe 1 10 62 54 01 1-01 5 1 4 $ 4.000.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Secretaría General de la Gobernación; Ministerio de Hacienda Pública, Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia y a todas las dependencias de la Secretaría de Estado de Turismo.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Turismo; el señor Secretario General de la Gobernación; el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda Pública y la señora Jefe de Gabinete de Ministros.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
ANEXO I BASES Y CONDICIONES PROGRAMA "SAN LUIS, MI DESTINO" El sector turístico ha sido uno de los más perjudicados por la crisis económica que originó la pandemia por COVID-19: en Argentina, en el mes de julio se registró un 8,6% menos de empresas hoteleras y gastronómicas con relación al mismo mes del año pasado, mientras que en el resto de la economía esa merma fue del 4%, con respecto al empleo en el sector, se registra una caída del 42,5%, el doble que el promedio de la economía y la peor de la que haya registros en toda la historia.
Teniendo en cuenta que el 95% de la actividad turística del país se detuvo en cumplimiento de las medidas y protocolos sanitarios establecidos para controlarla transmisión del virus, se hace necesario desde las jurisdicciones diseñar y proyectar estrategias para contribuir paulatinamente a la reactivación del sector con vistas a afrontar una serie de desafíos que demandan nuevas estrategias y la adaptación a las necesidades de la industria.
En este marco, en el mes de julio la provincia de San Luis habilitó la actividad turística dentro de los límites provinciales y a través de protocolos específicas para cada rubro, se fueron incorporando a la oferta de servicios diferentes sectores, como el gastronómico y posteriormente los alojamientos.
Sin embargo, la reactivación de la industria turística local en los destinos provinciales no generó, hasta el momento, un impacto económico inmediato en el sector, principalmente porque la demanda se conforma en su mayoría por turistas provenientes de otras provincias, sumado a la falta de hábito del residente sanluiseño de vacacionar dentro del territorio provincial.
A los fines de incentivar el consumo del servicio de alojamientos locales por parte de los sanluiseños dentro de la provincia de San Luis resulta impostergable un trabajo en conjunto y permanente entre el Estado y el sector privado en pos de promover y mantener un turismo seguro, fluido y responsable.
1. PRESENTACIÓN El Programa "San Luis, Mi Destino" es una acción promovida por la Secretaría de Estado de Turismo San Luis, en adelante ''LA SECRETARIA", destinada a la reactivación del turismo interno provincial, mediante el otorgamiento de un voucher por grupo de viaje a ser consumido en los establecimientos adheridos al Protocolo para Alojamientos Turísticos.
Se entiende como grupo de viaje al grupo de personas que contratan conjuntamente las dos (2) noches iniciales que son requisito para acceder al beneficio.
Sólo se otorgará un (1) voucher por grupo de viaje y un máximo de tres (3) vouchers por establecimiento.
Los siguientes constituyen los requisitos necesarios para participar del beneficio otorgado en el marco del Programa "San Luis, Mi Destino". Todos los aspectos relativos a las "'condiciones de adhesión, participación, vigencia, duración, funcionamiento del Programa y goce de los beneficios, se regirán por las siguientes Bases y Condiciones.
La participación en el Programa supone la aceptación plena e incondicional de todas las condiciones aquí fijadas, como así también se constituye en un requisito indispensable para acceder a los beneficios, tanto para los establecimientos adheridos como para los turistas interesados. La participación es libre y gratuita, no encontrándose sujeta al pago de ningún canon, derecho o suma dineraria alguna.
2. OBJETIVO GENERAL Promover la reactivación del turismo interno a través del otorgamiento de un subsidio a los grupos de viaje que hayan contratado alojamiento en los establecimientos adheridos al Programa y para ser utilizado en éstos, con el fin de estimular la demanda y movilizar las diferentes economías locales destinatarias de los visitantes.
3. BENEFICIO El beneficio consiste en el otorgamiento de un voucher equivalente a Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000,00) por grupo de viaje que haya contratado al menos dos (2) noches de alojamiento en los establecimientos adheridos al Programa.
4. VIGENCIA La promoción tendrá vigencia desde su homologación hasta el 31 de diciembre de 2020, pudiendo prorrogarse mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo.
5. Es condición indispensable para participar de la presente promoción, que el/los beneficiario/s cumplan las condiciones descritas en estas bases. Los datos solicitados a los fines de la participación sólo podrán ser utilizados por LA SECRETARIA de manera reservada a los fines de la implementación del Programa.
6. REQUISITOS PARA PARTICIPAR Los grupos de viaje interesados en obtener el voucher deberán:
6.1. Informarse sobre los establecimientos adheridos al Programa y que cuenten con vouchers disponibles al momento de decidir participar de la promoción, los que serán publicados y actualizados regularmente en la página web oficial de LA SECRETARIA. http://turismo.sanluis.gov.ar.
6.2. Contratar y abonar al menos dos (2) noches de alojamiento por un monto total mínimo de Pesos Cuatro Mil ($4.000,00) en alguno de los establecimientos adheridos y con disponibilidad de vouchers, para consumir hasta el 31 de diciembre de 2020. El consumo de la reserva contratada no es requisito para solicitar el voucher, dado que para requerirlo sólo deberá presentarse el comprobante de cancelación de la misma.
6.3. Completar el Formulario de Solicitud del voucher "San Luis, Mi Destino" con un mínimo de cinco (5) días de anticipación a la fecha de ingreso al establecimiento, debiendo adjuntar la factura oficial que acredite lo establecido en el punto 6.2.
6.4. Una vez completado el formulario y verificado el cumplimiento de los requisitos anteriores, LA SECRETARIA emitirá y enviará el voucher "San Luis, Mi Destino" al correo electrónico declarado por el solicitante, que deberá ser presentado en el alojamiento turístico al momento de consumir el beneficio. El voucher emitido sólo podrá ser utilizado en el establecimiento contratado en el punto 6.2.
6.5. El voucher contendrá un código único de verificación y podrá utilizarse de manera individual o juntamente con el servicio contratado según el punto 6.2., de acuerdo a la disponibilidad de plazas del establecimiento.
6.6. El voucher es Intransferible y no acumulable. Los establecimientos turísticos interesados en participar deberán:
6.7. Estar registrados bajo Protocolo COVID-19 para Alojamientos Turísticos, disponible en http://protocoloturismo.sanluis.gov.ar/.
6.8. Completar el Formulario de Adhesión que será enviado al correo electrónico declarado por los establecimientos al registrarse en el punto anterior. Los datos informados en el Formulario tendrán carácter de declaración jurada.
6.9. Validar en la página web oficial de LA SECRETARIA, http://turismo.sanluis.gov.ar, el código único de verificación de los vouchers presentado por los grupos de viajes beneficiarios, previo a la prestación del servicio.
7. CRONOGRAMA El desarrollo del Programa estará sujeto al estatus sanitario oportunamente vigente en la Provincia. Desde la vigencia de la promoción, LA SECRETARIA publicará el listado de alojamientos adheridos y el Formulario de Solicitud del voucher.
8. COBRO DEL BENEFICIO POR LOS ESTABLECIMIENTOS Para el cobro del beneficio, los establecimientos deberán enviar al correoelectrónico.sanluismidestino@gmail.com a) Factura por el monto de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000,00) a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis, C.U.I.T. 30-67337754-4 por la utilización del voucher con el siguiente detalle:"Corresponde al voucher "San Luis, mi destino" - Código de Verificación: (consignar código contenido en el voucher)".
b) Constancia de CBU del establecimiento.
9. LA SECRETARIA no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir el beneficiario, su acompañante o terceros, sobre sus personas o bienes, con motivo de o en relación a su participación en el presente Programa o por el uso del voucher obtenido, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente al beneficiado, terceros y/o acompañantes y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada participante; (ii) por fallas en la red telefónica, ni por desperfectos técnicos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del Programa; y (iii) por el incumplimiento de estándares de calidad y de cualquier otro tipo en relación al consumo de los vouchers que se ofrecen, debiendo dirigir cualquier reclamo a los proveedores y/o prestadores de los mismos.
Asimismo, la responsabilidad de LA SECRETARIA finaliza al entregar el voucher a cada uno de los beneficiarios que hayan cumplido los pasos indicados en el presente. En caso de que el voucher no pueda efectivizarse por los beneficiados o el Programa deba suspenderse temporaria o definitivamente, por causas o motivos de fuerza mayor o caso fortuito, a la emergencia sanitaria vigente, modificación de estatus sanitario actual o motivos ajenos a LA SECRETARIA, ésta no tendrá responsabilidad alguna frente a los beneficiados.
LA SECRETARIA no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir los grupos de viajes o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo o en ocasión de la utilización del voucher. LA SECRETARIA no se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto el beneficiario y/o terceros.
10. Los beneficiarios favorecidos con el voucher autorizan a LA SECRETARIA a utilizar y difundir imágenes y voces y las de su grupo familiar con fines publicitarios en y por los medios oficiales.
11. Las presentes bases y condiciones se encuentran disponibles en la página web de LA SECRETARIA: http://protocoloturismo.sanluis.gov.ar/.-
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