Decreto 119/21 de CIUDAD DE BUENOS AIRES


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    DECRETO 119/2021
    CIUDAD DE BUENOS AIRES, 9 de Abril de 2021
    Boletín Oficial, 10 de Abril de 2021
    Vigente, de alcance general
    Salud pública, enfermedades, coronavirus, residencia médica, guardia médica, Derecho civilGuardias de profesionales médicos residentes.

    Artículo 1°.- Dispóngase que, a partir del 9 de abril de 2021 y por el plazo de 6 meses, los profesionales residentes de residencias básicas o posbásicas en su primer o segundo año de formación de las especialidades determinadas por el Ministerio de Salud podrán realizar una guardia de hasta un máximo de veinticuatro (24) horas semanales, adicionales a las contempladas en el Régimen Normativo del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, percibiendo por ello la remuneración equivalente a la de un suplente de guardia, respetando las condiciones de supervisión establecidas por el Programa, y sin que ello implique incompatibilidad con el plus por dedicación exclusiva que actualmente perciben los residentes del sistema.

    Artículo 2°.- Facúltase en forma conjunta a los titulares de los Ministerios de Salud y de Hacienda y Finanzas a disponer, en caso de necesidad, la prórroga de la medida mencionada en el artículo 1°, la que en ningún caso podrá exceder el plazo de vigencia de la emergencia sanitaria.

    Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.

    Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

    Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red, dependientes del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.

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