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- DECRETO 196/2021
- RAWSON, 29 de Marzo de 2021
- Boletín Oficial, 30 de Marzo de 2021
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°.- SUSPÉNDASE, durante la vigencia de la emergencia declarada por Ley VII N° 91, los efectos de las medidas cautelares, sentencias judiciales y medidas de ejecución que ordenen al Estado Provincial al pago de los haberes devengados y adeudados, como de los que se devenguen en el futuro, respecto de los empleados activos y pasivos de la Administración Pública Central y Descentralizada, las entidades Autárquicas, Autofinanciadas, Sociedades del Estado, Servicios de Cuentas Especiales y todo otro Ente en el cual el Estado Provincial tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, del Poder Legislativo y del Poder Judicial. De oficio, corresponderá ordenar el inmediato levantamiento de las medidas cautelares ya dispuestas.
Artículo 2º.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia.
Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial, y cumplido ARCHIVESE.
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Fuente de Información

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