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- DECRETO 536/2021
- CORRIENTES, 13 de Marzo de 2021
- Boletín Oficial, 16 de Marzo de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º: DISPÓNESE la prórroga de la medida de "distanciamiento social preventivo y obligatorio"(DISPO) establecida por el Decreto Nº 880/2020 y sus sucesivas prórrogas desde el día 13 de marzo de 2021 hasta el día 9 de abril de 2021, inclusive, en los términos previstos en los decretos provinciales y de conformidad con las facultades respectivas, autorizaciones y protocolos sanitarios correspondientes.
ARTÍCULO 2°: INSTRÚYESE al Ministerio Secretaría General y a las demás áreas de la Administración pública, centralizada, descentralizada y entes autárquicos a tomar todas las medidas pertinentes para la implementación del presente decreto, garantizando la prestación regular de los servicios esenciales indicados en las normas.
ARTÍCULO 3º: EL presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
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