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- SENTENCIA
- 12 de Febrero de 2021
- SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. SAN SALVADOR DE JUJUY, JUJUY
- Magistrados: José Manuel del Campo - Beatriz Elizabeth Altamirano - Sergio Marcelo Jenefes,
Resulta procedente confirmar la multa impuesta a un supermercado a raíz de la constatación efectiva de la falta de 68 productos incluidos en el programa precios cuidados, lo que configura una infracción al artículo 3 de la Ley 24.240, toda vez que la marca comercial de la empresa recurrente estaba incluida en el listado de comercios adheridos al sistema de precios cuidados, aspecto del cual no ha proporcionado ninguna prueba capaz de desvirtuar dicha inclusión.
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Carátula: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº C125.576/2018, recurso ley 5992/16 art. 27, Cencosud S.A. c/ Estado Provincial
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