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- LEY 9.304
- MENDOZA, 23 de Febrero de 2021
- Boletín Oficial, 6 de Marzo de 2021
- Vigente, de alcance general
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y :
Artículo 1º- Modifícase el Artículo 1° de la Ley Nº 9.271 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1º- Establécese como requisito para el otorgamiento de beneficios de planes sociales o programas de vivienda emanados del Instituto Provincial de la Vivienda, no encontrarse condenado por alguno de los delitos previstos en el Capítulo VI, del Título VI, del Libro II del Código Penal, mientras dure su condena".
Art. 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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